Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2013 (22/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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visita tecnica a la Secretaria de la Hacienda del Estado de Sao MORDAZA, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil. Articulo 3°.- Autorizar el viaje de las trabajadoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Division de Administracion de la Recaudacion de Tributos de la Gerencia de Programacion y Gestion de Deuda de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario y MORDAZA MORDAZA Troncos MORDAZA, Jefe del Proyecto Gestion Integral de Riesgo, MORDAZA del Programa Mejora del Cumplimiento de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, del 26 al 29 de junio de 2013, para realizar una visita tecnica a la Secretaria de la Hacienda del Estado de Sao MORDAZA, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil. Articulo 4°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 389,10 Viaticos US$ 1 480,00 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 389,10 Viaticos US$ 1 480,00 Senor MORDAZA Wilhelm Hamann Mangner Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 807,10 Viaticos US$ 2 220,00 Senor MORDAZA MORDAZA Atalaya Pena Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 807,10 Viaticos US$ 2 220,00 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 807,10 Viaticos US$ 2 220,00 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1,807,10 Viaticos US$ 2 220,00 Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 873,40 Viaticos US$ 1 110,00 Senora MORDAZA MORDAZA Troncos MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 873,40 Viaticos US$ 1 110,00 Articulo 5°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberan presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 6°.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 953973-1

El Peruano Sabado 22 de junio de 2013

Modifican Procedimiento Especifico "Valoracion de Mercancias segun el Acuerdo del Valor de la OMC" INTAPE.01.10a (Version 6)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 005-2013/SUNAT/3A0000 Callao, 19 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 038-2010/SUNAT/A, publicada el 2.2.2010, se aprobo el Procedimiento Especifico "Valoracion de Mercancias segun el Acuerdo del Valor de la OMC" INTA-PE.01.10a (version 6); Que se ha visto por conveniente precisar aspectos que deben tenerse en cuenta para declarar, verificar y determinar el valor provisional conforme a lo establecido en el articulo 7 de la Resolucion N° 1239 de la Comunidad Andina; Que conforme al Articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el 19.4.2013 se publico en el MORDAZA web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) el proyecto de la presente norma; En merito a lo dispuesto en el inciso b) del articulo 139° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado con Decreto Supremo N° 115-2002PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 259-2012-EF y a lo establecido por la Resolucion de Superintendencia N° 028-2012/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase el literal A.4 de la seccion VI del Procedimiento Especifico INTA-PE.01.10a "Valoracion de Mercancias segun el Acuerdo del Valor de la OMC" (version 6), aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 0382010/SUNAT/A, por el siguiente texto: "A.4 DEL VALOR PROVISIONAL 1. El importador puede declarar un valor provisional de una mercancia cuando no pueda determinar definitivamente en todo o en parte su valor en aduana, porque su precio y/o importes por otros conceptos dependen de alguna situacion futura o no se conozcan al momento del despacho, para lo cual debe presentar el Anexo 01. 2. Cuando se declare un valor provisional el importador debe consignar el codigo "2" en la MORDAZA 5.6 del ejemplar B de la declaracion. En el ejemplar B, los items de un MORDAZA de mercancia con valor provisional se declaran separados de los items del mismo MORDAZA de mercancia con valor definitivo. Del mismo modo, en el ejemplar A, las series con valor provisional de una subpartida nacional se declaran independientemente de las series con valor definitivo de la misma subpartida nacional. 3. Las declaraciones con valor provisional no estan sujetas a duda razonable ni a observacion del valor declarado durante el plazo senalado por el importador para declarar su valor definitivo. De la Garantia adicional por valor provisional 4. Cuando se declara un valor provisional, el importador presenta una garantia por el diez por ciento (10%) de la base Imponible de las series con valor provisional, debiendo considerar lo siguiente: 4.1 Para la garantia establecida en el articulo 159° de la LGA El plazo de vigencia de la garantia debe ser igual o mayor a la fecha de regularizacion del valor provisional. El SIGAD genera, con la numeracion de la declaracion, una liquidacion de cobranza MORDAZA 0010, en adelante L/C

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