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El Peruano Sábado 22 de junio de 2013 497831 Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 4,002.00 Viáticos US$ 2,700.00 TOTAL US$ 6,702.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria a la señora Olga Carolina Combe Jeanneau, Secretaria General del Ministerio de la Producción, en adición a sus funciones, en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar al Titular del Sector, con copia a las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Administración, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 953467-1 Aprueban términos de referencia para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión que presentan características comunes relacionados con los Subsectores Industria y Comercio Interno RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2013-PRODUCE Lima, 21 de junio de 2013 VISTOS: El Memorando N° 793-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando N° 00448-2013- PRODUCE/ DVMYPE-I/DIGGAM de la Dirección General de Asuntos Ambientales, el Informe N° 0446-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I/DIGGAM-DIGA de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales y, el Informe N° 0077-2013-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, este Sector tiene entre sus funciones específi cas, dictar normas nacionales sobre la promoción de la industria y comercio interno, en armonía con la protección del ambiente y la conservación de la biodiversidad, de conformidad con lo establecido por el ente rector en materia ambiental; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2013- PCM, se aprobaron disposiciones especiales con la fi nalidad de reducir los plazos para la ejecución de los procedimientos que deben cumplir los proyectos de inversión pública y privada, a efectos de ejecutarlos con mayor celeridad y con menores costos, benefi ciando con ello a la población en general, y cuya atención es prioritaria; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 060- 2013-PCM, se aprobaron disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública y privada; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 060-2013-PCM, establece que en un plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la vigencia del referido dispositivo, las entidades públicas que intervienen en el procedimiento para la evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados y Semidetallados, deberán aprobar conjuntamente términos de referencia para proyectos con características comunes, los mismos que deberán ser utilizados por el administrado para la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental referidos. La aprobación será efectuada mediante Resolución Ministerial publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de las entidades públicas involucradas; Que, el Informe N° 0446-2013-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGGAM-DIGA de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, señala que los proyectos de inversión con características comunes identifi cados en el Subsector Industria son: elaboración de otros productos alimenticios no clasifi cados previamente y elaboración de bebidas; fabricación de sustancias y productos químicos, y petroquímicos intermedios y fi nales; fabricación de productos de cerámica no refractaria para uso no estructural; fabricación de productos de arcilla y cerámica no refractaria para uso estructural, fabricación de cemento, cal y yeso; fabricación de artículos de hormigón, cemento y yeso; corte, tallado y acabado de la piedra; fabricación de otros productos minerales no metálicos no clasifi cados previamente; y, fundición de metales; Que, asimismo, los proyectos de inversión con características comunes identifi cados en el Subsector Comercio Interno son: Complejos Comerciales (Centros Comerciales, Supermercados, Tiendas por Departamento); y, Edifi cios de Ofi cinas Administrativas; Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del Decreto Supremo N° 060-2013-PCM, la Dirección General de Asuntos Ambientales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, remitió a las entidades públicas que emiten opinión vinculante y no vinculante, las propuestas de términos de referencia para proyectos con características comunes. Asimismo, se envió la versión fi nal de los mencionados términos de referencia, consensuados, al Ministerio del Ambiente; Que, en ese sentido, corresponde aprobar los términos de referencia para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión que presentan características comunes o similares, relacionados con los Subsectores Industria y Comercio Interno; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, la Dirección General de Asuntos Ambientales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; el Decreto Supremo N° 054-2013- PCM que aprueba disposiciones especiales para ejecución de procedimientos administrativos; el Decreto Supremo N° 060-2013-PCM que aprueba disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública y privada; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR los términos de referencia para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión que presentan características comunes relacionados con los Subsectores Industria y Comercio Interno, que como Anexo N° 1 y N° 2, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 953961-1