Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2013 (28/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2013- 2016 DEL DISTRITO DE VENTANILLA Y ESTABLECE EL COMITE DISTRITAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DE VENTANILLA Articulo 1º.- Aprobar el Plan Local contra la Violencia hacia la Mujer 2013-2016 del distrito de Ventanilla, que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Articulo 2º.- Establecer la conformacion del espacio de concertacion denominado COMITE DISTRITAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DE VENTANILLA que estara presidido por la Gerencia de Proteccion y Familia en representacion del MORDAZA e integrado por las autoridades locales, representantes sectoriales del Estado, y organizaciones de la sociedad civil del distrito de Ventanilla. Articulo 3º.- Encargar al COMITE DISTRITAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DE VENTANILLA la formulacion de su Reglamento Interno y la implementacion de la politica publica local en la materia, para lo cual tendra la responsabilidad de su ejecucion, seguimiento, monitoreo y evaluacion. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Proteccion y Familia, la gestion con el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del Misterio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la asistencia tecnica de implementacion y retroalimentacion del PLAN LOCAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2013 ­ 2016 del distrito de Ventanilla. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia de Proteccion y Familia, gestionar la incorporacion en el Plan Operativo Institucional de las acciones priorizadas orientadas a disminuir la violencia contra la mujer en el distrito y que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del PLAN LOCAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2013- 2016 del distrito de Ventanilla. Articulo 6º.- Encargar a la Gerencia de Proteccion y Familia, el seguimiento de los compromisos adquiridos por el comite MORDAZA indicado y sistematizar los resultados del monitoreo del referido plan en la jurisdiccion. Articulo 7º.- Encargar a la Gerencia de Proteccion y Familia en coordinacion con el COMITE DISTRITAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL FAMILIAR Y SEXUAL efectuar una MORDAZA publica anual de logros y avances del plan local en la jurisdiccion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 955268-1

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013

municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regularizacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 166-2007/ MDV-CDV de fecha 31 de diciembre de 2007, se aprobo el MORDAZA Reglamento de eleccion de Juntas Directivas en Agrupaciones Poblacionales y/o Asentamientos Humanos del distrito de Ventanilla, el cual contaba con Dictamen favorable y unanime de la Comision de Asentamientos Humanos. Que, en ese contexto, el Concejo de Ventanilla, mediante Ordenanza Nº 033-2007/MDV de 31 de diciembre de 2007, aprobo la Ordenanza Municipal que Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito de Ventanilla, y publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de enero de 2008. Que, mediante Informe Nº 252-2013/MDV-GAH, la Gerencia de Asentamientos Humanos solicita la modificacion de la ordenanza aludida, en el sentido de regular las elecciones de las juntas directivas centrales de asentamientos humanos y agrupaciones poblacionales en el distrito de Ventanilla. Estando a lo dispuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 5º Y EL ARTICULO 39º, E INCORPORA EL TITULO IX, Y LOS ARTICULOS 40º, 41º Y 42º A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 033-2007/MDV QUE REGULA LAS ELECCIONES DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS CENTRALES DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y/O AGRUPACIONES POBLACIONALES EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Articulo 1º.- Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 5º, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 5º.- En los Asentamientos Humanos, con menos de 150 lotes de vivienda, la eleccion podra realizarse cualquier dia de la semana a partir de las 18:00 horas. En MORDAZA elecciones de Juntas Directivas Centrales o Comite Electoral de los Asentamientos Humanos, se debera de contar con la presencia de veedores de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, bajo sancion de nulidad del acto electoral." Incorporar el inciso c), el cual tendra la siguiente redaccion: "Inciso c) En la aprobacion del Reglamento y Cronograma del MORDAZA Electoral, se debera contar con la presencia de veedores de la Municipalidad Distrital de Ventanilla." Incorporar el siguiente parrafo: "Las elecciones de los Asentamientos Humanos reconocidos y agrupaciones poblacionales con mas de ciento cincuenta (150) lotes, se realizaran por el sistema de listas (formacion del comite electoral)." Articulo 2º.- Modificar el articulo 39º, el cual tendra la siguiente redaccion: "Articulo 39º.- La Junta Directiva Central tendra un periodo de vigencia de dos anos contados a partir de la notificacion de la Resolucion Subgerencial de reconocimiento emitida por la Municipalidad de Ventanilla." Articulo 3º.- Incorporar el Titulo IX y los articulos 40º, 41º y 42º que regularan lo relativo a las ampliaciones de mandato de las juntas directivas centrales en la jurisdiccion del Distrito de Ventanilla, los que tendran la siguiente redaccion:

Modifican la Ordenanza Nº 0332007/MDV que regula las elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 14-2013/MDV Ventanilla, 31 de MORDAZA de 2013 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital de 31 de MORDAZA de 2013 y; CONSIDERANDO: Que el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley 28607, senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 40º de la Ley Nª 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que las ordenanzas de las

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