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El Peruano Viernes 28 de junio de 2013 498318 autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.2 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece entre las funciones específi cas exclusivas que ejercen las Municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, se encuentran el normar, regular las construcciones y autorizar derechos y licencias; Que, mediante Informe Nº 104-2013-SGPUOPC- GDUO-MDMM, la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, pone en conocimiento que el incremento de edifi caciones multifamiliares, causa una elevada densidad poblacional por ende défi cit de estacionamiento, considerando el requerimiento de un estacionamiento por vivienda para todo el Distrito de Magdalena del Mar; Que, la propuesta presentada cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- REQUERIR, un estacionamiento por vivienda para el área de tratamiento II y III del Distrito de Magdalena del Mar, teniendo en consideración la Ordenanza Nº 950-MML y la Ordenanza Nº 290- MDMM. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO toda norma que se oponga a la presente disposición. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro y demás órganos municipales competentes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 955852-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Modifican Ordenanza Nº 261-MPL que regula el procedimiento para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales, de Servicios o Institucionales y el TUPA aprobado por la Ordenanza Nº 392-MPL ORDENANZA Nº 403-MPL Pueblo Libre, 25 de junio de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 13 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Conjunto Nº 002-2013-MPL/CPL-CPDDA- CPAFP; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 28607, establece en su artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 79º, numerales 3.6.3 y 3.6.4 respectivamente, de la Ley Nº 27972 establecen que, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de: ubicación de avisos publicitarios y propaganda política y apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación; Que, mediante Ordenanza Nº 261-MPL y modifi catorias, se reguló el procedimiento para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales, de servicios o institucionales, en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre; Que, mediante Ordenanza Nº 392-MPL, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 1849 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, establece que la municipalidad podrá autorizar la instalación de toldos y/ o anuncios, así como la utilización de la vía pública en lugares permitidos, conjuntamente con la expedición de la licencia de funcionamiento, para lo cual deberá aprobar las disposiciones correspondientes; Que, en virtud a lo anterior resulta necesario adecuar la normatividad legal de esta Municipalidad, a las disposiciones de la Ley Nº 28976 señalada anteriormente, con el objeto de establecer e implementar en esta jurisdicción, los procedimientos correspondientes orientados a autorizar conjuntamente, licencias de funcionamiento y elementos de publicidad exterior y así facilitar y promover las actividades comerciales, en benefi cio de la comunidad; Que, por otro lado corresponde señalar que, en el procedimiento consignado en el ítem 6.6 “Autorización para la instalación de anuncios, avisos o elementos publicitarios” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) antes referido, se establecen diversas categorizaciones de elementos de publicidad exterior, apreciándose que resulta necesario modifi car dicho TUPA e incluir a aquellos elementos de publicidad catalogados como sencillos, de acuerdo a la clasifi cación establecida en el Art 7º de la Ordenanza Nº 1094 – Ordenanza que Regula la Ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios en la Provincia de Lima, que establece que, los anuncios o avisos publicitarios, por la manera de exhibición del anuncio, se clasifi can en: a) Especiales, b) luminosos, c) Iluminados y d) Sencillos; En uso de las facultades conferidas por numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 6º DE LA ORDENANZA Nº 261-MPL QUE REGULÓ EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, DE SERVICIOS O INSTITUCIONALES, EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Y LA ORDENANZA Nº 392-MPL QUE APROBÓ EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA 2012 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 6º de la Ordenanza Nº 261-MPL, a fi n de incorporar el inciso 6.4, el cual quedará redactado de la siguiente manera: