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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (28/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013 498317 vigencia de la Ordenanza antes señalada, por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 069-2013-MDA-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria señala que la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA modifi cada por las Ordenanzas Nº 300-MDA y Nº 308-MDA, culmina el 28 de Junio de 2013, por lo que precisa que debe prorrogarse su vigencia hasta el 30 de Setiembre de 2013, debiendo emitirse el Decreto de Alcaldia correspondiente; Que, mediante Proveído Nº 1122-2013-MDA/GM, la Gerencia Municipal señala que se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 42º y el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA, modifi cada y prorrogada por las Ordenanzas Nº 300-MDA y Nº 308-MDA, que establece el Benefi cio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omisión de la Presentación y/o Rectifi cación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial, hasta el 30 de setiembre del 2013, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administracion Tributaria y demás Unidades Organicas competentes de ésta Corporacion Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 955553-1 Disponen el embanderamiento general del Distrito de Ate DECRETO DE ALCALDIA Nº 007 Ate, 21 de junio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Proveído Nº 2013-2013-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley antes glosada, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el día 28 de Julio del presente año, se conmemora el 192º Aniversario de la Independencia Nacional, asimismo, el 04 de Agosto del presente año, se celebra el 192º Aniversario de la Creación Política del Histórico distrito de Ate; Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local respectivamente, constituye una oportunidad inmejorable para reafi rmar y fomentar entre los vecinos del Distrito de Ate los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el Civismo, Respeto y Amor a la Patria, como medios para lograr su unión y prosperidad; Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito de Ate, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local; Que, mediante Proveído Nº 2013-2013-MDA/A, el Despacho de Alcaldía indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE ATE; tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 15 de Julio hasta el 15 de Agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el 192º Aniversario de la Independencia del Perú, así como también, el 192º Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER; que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones de la Gerencia de Desarrollo Económico y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 955553-2 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza que establece disposiciones relativas a estacionamientos en el distrito de Magdalena del Mar ORDENANZA Nº 015-MDMM Magdalena, 14 de junio del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 13 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 104-13-SGPUOPC-GDUO-MDMM de la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, el Memorándum Nº 218-2013-GDUO-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y el Informe Nº 178-2013-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las municipalidades tienen