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El Peruano Viernes 28 de junio de 2013 498313 de la Infraestructura Vial de Pistas y Veredas en la Calle Nº 18 en el límite de la Asociación de Vivienda los Geranios, Distrito de Pocollay – Tacna – Tacna” e “Instalación del Sistema de Agua y Alcantarillado en la Asociación de Vivienda Taller Intiorko, Distrito de Pocollay – Tacna - Tacna”, entre el Gobierno Regional de Tacna y la Municipalidad Distrital de Pocollay, los mismos que deberán contener las condiciones y estipulaciones siguientes: 3.1. Los Proyectos de Inversión Pública referidos en el artículo primero y segundo deberán ser ejecutado en forma obligatoria por la Municipalidad Distrital de Pocollay bajo la modalidad de Administración Directa, la misma que deberá acreditar la capacidad operativa sufi ciente que garantice el cumplimiento del objeto de los Convenios. 3.2. Las transferencias fi nancieras aprobadas en el artículo primero y segundo será ejecutada por el Órgano Ejecutivo Regional, mediante los desembolsos que considere necesarios, los cuales se efectuarán de acuerdo al avance de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública, debiendo contarse previamente con el informe favorable de la Ofi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna. 3.3. Los presupuestos adicionales que se generen con relación a los proyectos referido en el artículo primero y segundo deberán ser asumidos íntegramente por la Municipalidad Distrital de Pocollay. 3.4. La Municipalidad Distrital de Pocollay deberá comprometerse a brindar todas las facilidades que el caso amerite a los consejeros regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna para que puedan ejercer sus funciones y atribuciones fi scalizadoras respecto de la ejecución del proyecto de inversión pública referido en el artículo primero y segundo, ello en el marco de lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- Las Transferencias Financieras aprobadas en el artículo primero y segundo, NO PODRÁN ser destinadas a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identifi cado en dichos artículos, ello de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en consecuencia, la Gerencia General Regional deberá: a) Monitorear y hacer el respectivo seguimiento de los fondos públicos transferidos a través de los Informes correspondientes; y, b) Verifi car el cumplimiento efectivo de los fi nes, metas físicas y fi nancieras del Proyecto de Inversión, debiendo presentar un Informe detallado al fi nal de su ejecución. En el caso de que la ejecución de los proyectos de inversión pública tenga que afectar un ejercicio presupuestal distinto al presente (2013), el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna queda autorizado a suscribir las respectivas adendas, sin exceder en ningún caso el monto establecido en el artículo primero y segundo. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás entes regionales del Gobierno Regional de Tacna implementen el presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con el artículo 12 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. JULIA TERESA BENAVIDES LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna 955535-1 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 066-2013-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, veinte de junio del dos mil trece. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en su artículo 12 regula lo relativo a las transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el año fi scal 2013 señalando lo siguiente: “12.1. Autorízase en el presente año fi scal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades que a continuación se detallan: (…) c) Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública, y el mantenimiento de carreteras, y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles del gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2013”. Asimismo, se establece “(…) 12.2. Las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan (…) y, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad (…) el acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario Ofi cial El Peruano (...)”. Que, con Ofi cio Nº 1445-2013-ORAJ-GGR/GOB.REG. TACNA de fecha 17 de junio del 2013, recepcionado la misma fecha, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, solicita la aprobación de transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Tarata, remitiendo la respectiva propuesta de Convenio de Transferencia Financiera para la ejecución del PIP: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en la Asociación de Vivienda Juan Velasco Alvarado y Alfonso Ugarte, Provincia de Tarata – Tarata”; por un monto de S/. 1’803,809.61 Nuevos Soles”, adjuntándose los respectivos documentos e informes que sustentan su pedido. Que, con el Acuerdo de Consejo Municipal Nº 045- 2013-MPT del 04 de junio del 2013 emitido por el Consejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Tarata; la Resolución de Alcaldía Nº 00118-2013-MPT del 05 de junio del 2013 emitida por la Municipalidad Provincial de Tarata; el Ofi cio Nº 228-2013-A-MPT del 15 de mayo del 2013 emitido por la Municipalidad Provincial de Tarata; el Ofi cio Nº 258-2013-A-MPT del 03 de junio del 2013 emitido por la Municipalidad Provincial de Tarata; el proyecto de Convenio Específi co sobre Transferencia Financiera entre la Municipalidad Provincial de Tarata y el Gobierno Regional de Tacna para la Ejecución del PIP de Competencia Municipal Exclusiva “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en la Asociación de Vivienda Juan Velasco Alvarado y Alfonso Ugarte, Provincia de Tarata – Tacna”; el Ofi cio Nº 1492- 2013-SGPRE-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 06 de junio del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 826-2013-ORAJ/GOB.REG. TAC del 10 de junio del 2013 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Ofi cio Nº 1534-2013-SGPRE-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 14 de junio del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la iniciativa normativa emite el Dictamen Nº 020-2013-CR-COPPyAT de fecha 18 de junio del 2013, a través del cual se aprueba la propuesta normativa: “APROBAR TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARATA”, dictamen