TEXTO PAGINA: 88
El Peruano Viernes 28 de junio de 2013 498310 En Arequipa, a los veintitrés días del mes de abril del 2013. JOSE CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los tres días del mes de mayo del dos mil trece. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 955242-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Autorizan transferencia financiera a favor de los pliegos gobiernos locales y distritales, beneficiados con el cofinanciamiento de proyecto integral de saneamiento enfocados en el modelo SABA - II Convocatoria RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 286-2013-PR-GR PUNO Puno, 25 de junio de 2013 El PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO Vistos, el Ofi cio Nº 144-2013-GR-PUNO/DRTCVC- DVC, Informe Legal Nº 377-2013-GR PUNO/ORAJ, Informe Nº 245-2013-GR-PUNO/GRPPAT-SGP, Acuerdo Regional Nº 040-2013-GRP-CRP, Memorando Nº 844- 2013-GR-PUNO/PR, sobre autorización para transferencia fi nanciera; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013, en su artículo 12º, sobre “Transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2013”, autoriza en el presente año fi scal la realización de manera excepcional, las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades que a continuación se detallan: “...(...), b) Las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones ofi ciales de crédito, celebrados en el marco de la normativa vigente. c) Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2013 (...). 12.2. Las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular de pliego y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario Ofi cial El Peruano (...)”; Que, la Presidencia del Gobierno Regional Puno solicitó al Consejo Regional autorización para transferencia fi nanciera a favor de 76 proyectos seleccionados que cuentan con perfi les viables y sus respectivos expedientes técnicos, quienes participaron en el proyecto SABA segunda convocatoria pública efectuada por el Gobierno Regional mediante la Dirección de Vivienda, Construcción y Saneamiento; frente a la gran demanda y acogida que tuvo esta segunda convocatoria, el presupuesto asignado por el Gobierno Regional resultó insufi ciente para fi nanciar la totalidad de proyectos seleccionados, motivo por el cual se ha solicitado al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, pueda cofi nanciar la ejecución de los proyectos seleccionados, accediendo el Ministerio de Vivienda y Construcción y Saneamiento a fi nanciar el 75% del costo de los 76 proyectos seleccionados y el 25% del costo restante será cofi nanciado por el Gobierno Regional; Que, al pedido de la Presidencia del Gobierno Regional Puno, el Consejo Regional, mediante Acuerdo Regional Nº 040-2013-GRP-CRP de fecha 13 de junio de 2013, autorizó al ejecutivo del Gobierno Regional la transferencia fi nanciera a favor de los pliegos gobiernos locales y distritales, benefi ciados con el cofi nanciamiento del proyecto integral de saneamiento enfocados en el modelo SABA – II Convocatoria, por un monto de S/. 13’066,060.60 nuevos soles (trece millones sesenta y seis mil sesenta con 60/100 nuevos soles) que corresponde al 25% del cofi nanciamiento señalado, acorde al informe técnico y legal y lo dispuesto por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013, de los 76 proyectos cuya relación se adjunta en anexo al referido Acuerdo; Que, la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través del Informe Nº 245-2013-GR-PUNO/GRPPAT-SGP, certifi ca que existe la provisión presupuestaria de S/. 13’066,061.00 nuevos soles en la actividad 5002350 Transferencia Financiera a Gobiernos Locales, fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; En el marco de las funciones y atribuciones conferidas por los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR una Transferencia Financiera a favor de los Pliegos Gobiernos Locales y Distritales, benefi ciados con el cofi nanciamiento del proyecto integral de saneamiento enfocados en el modelo SABA – II convocatoria, por el monto total ascendente a TRECE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL SESENTA 60/100 (S/. 13’066,060.60) nuevos soles, que corresponde al 25% del cofi nanciamiento para setenta y seis (76) proyectos integrales de saneamiento, conforme al detalle del Cuadro “RELACION DE PROYECTOS DE SANEAMIENTO RURAL INTEGRAL MODELO SABA A FINANCIARSE II CONVOCATORIA 2012”, que como anexo forma parte de la presente resolución. El desembolso a efectuar por parte del Gobierno Regional se afectará a la estructura funcional programática siguiente: Unidad Ejecutora : 001 Sede Puno Programa : 9002 asignaciones presupuestales que no resultan en productos Actividad : 5002350 transferencia fi nanciera a gobiernos locales Función : 18 saneamiento División Funcional : 040 saneamiento Grupo Funcional : 0089 saneamiento rural Fuente de Financiamiento : 5 Recursos Determinados Los recursos públicos materia de transferencia, serán destinados únicamente a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia, bajo responsabilidad de los titulares de los Pliegos Gobiernos Locales y Distritales. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Vivienda y Construcción del Gobierno Regional Puno, la realización de las acciones de monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas en sus dimensiones físicas y fi nancieras para los cuales se entregan los recursos; así como la publicación de la presente resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. MAURICIO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ Presidente Regional 955543-1