Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2013 (28/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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PORCENTAJE DE DESCUENTOS PERIODO DE MONTO LA DEUDA INSOLUTO DE LA DEUDA MULTAS TRIBUTARIAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Todos los anos 2010 al 2012 2009 y anteriores 100% 50 % 70 % INTERES MORATORIO 100% ------------ACTUALIZACION DE IPM 100% ----------------COSTAS Y GASTOS 100% 100% 100%

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013

Articulo 9º.- Pagos anteriores Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza no generan derecho a devolucion o compensacion alguna, asimismo los beneficios otorgados en la presente Ordenanza no seran aplicables a las solicitudes de compensacion o transferencias de pagos ni a los creditos por imputar o a los canjes de bienes o servicios y/o fraccionamiento. Articulo 10º.- Vigencia El acogimiento a la presente Ordenanza tendra vigencia desde el 1 de Junio hasta el 26 de Junio del 2013. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- En el caso de los contribuyentes que cuenten con la deduccion de 50 UIT's a la base imponible del Impuesto Predial por ser pensionistas, deberan cancelar el derecho de emision para gozar de los beneficios establecidos en la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas Municipales, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administracion y Gerencia de Tecnologia de la Informacion, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Tercera.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 955266-2

Asimismo, los contribuyentes que hayan cumplido con el pago del Impuesto Predial del 1º y 2º Trimestre del ejercicio 2013, MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y que cuenten con deudas de anos anteriores tambien podran gozar de los mismos beneficios segun lo detallado en el cuadro anterior. El beneficio es de aplicacion a las deudas pendientes de pago y las generadas dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Los descuentos se aplicaran durante su vigencia y siempre que el contribuyente realice el pago de dicho tributo al contado de forma trimestral o anual. Articulo 3º.Deudas en Convenio de Fraccionamiento Las deudas contenidas en un Convenio de Fraccionamiento se encuentran dentro de los alcances de la presente Ordenanza, siempre que se cancele el total de la deuda fraccionada, acogiendose el contribuyente a los beneficios de descuentos previa MORDAZA de una solicitud, debiendo la Subgerencia de Administracion Tributaria dejar sin efecto el Convenio y otorgar el beneficio por el saldo pendiente de pago. Articulo 4º.- Multas Tributarias Las multas tributarias tendran el descuento del 100% de la deuda insoluta, intereses y reajustes siempre que se cancele la totalidad de la deuda tributaria vinculada y contenida en las resoluciones de determinacion y/o valores tributarios emitidos. Articulo 5º.- Multas Administrativas El beneficio establecido para las multas administrativas no es aplicable para aquellos infractores que se acojan al 50 % de descuento por el pago dentro del plazo de quince (15) dias habiles de notificada la Resolucion de Sancion establecido en el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones vigente. Articulo 6º.- Estado de la deuda El presente beneficio se aplicara a la deuda tributaria y administrativa en la via ordinaria y/o coactiva, quedando los valores emitidos (ordenes de pago, resoluciones de determinacion y multas administrativas), automaticamente sin efecto en virtud al pago efectuado. Articulo 7º.- Deuda en Cobranza Coactiva En tanto dure la vigencia de la presente ordenanza, se suspendera el avance y tramitacion de los procedimientos de ejecucion coactiva iniciados a la fecha, relacionados a deudas tributarias y deudas no tributarias. Los procedimientos que no MORDAZA materia de regularizacion se reiniciaran al concluir la vigencia de la presente Ordenanza, dandose cumplimiento a todos los apercibimientos y ejecuciones de medidas cautelares que la Ley establece. La condonacion de los gastos y costas procesales que se hubieran generado estara sujeta a la cancelacion total o parcial de la deuda tributaria vinculada a dicho procedimiento coactivo. Articulo 8º.- Desistimiento y Reconocimiento de la Deuda El pago de la deuda que goce de los beneficios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que respecto de los escritos referidos a los reclamos, apelaciones u otros que cuestionen las deudas vinculadas a dicho concepto y periodo, la Administracion podra declarar que ha operado la sustraccion de la materia, aun cuando no MORDAZA presentado escrito de desistimiento sobre los mismos.

Aprueban el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental 2013
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 16-2013/MDV Ventanilla, 31 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesion de Concejo Municipal, de 31 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, establece que los gobiernos locales gozan las autonomia politica, economicos administrativa en los asuntos de la competencia asimismo los Articulos 2º y 67º establecen como deber primordial del estado el de garantizar el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, determinando la Politica Nacional del Ambiente y promoviendo el uso sostenible de sus recursos naturales; Que la Ley Organica de Municipalidades Nº27972 en el articulo 9º define las atribuciones del concejo municipal donde se encuentra "aprobar el sistema de gestion ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestion ambiental nacional y regional; la misma Ley en su Articulo 73ºsenala que la municipalidad asume las competencias o ejerce las funciones con caracter exclusivo o compartido de formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental, en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. Y coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicacion local de los instrumentos de planeamiento y de gestion ambiental, en el MORDAZA del sistema nacional y regional de gestion ambiental; y en su Articulo 80º inciso 3.4 senala entre las funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales en matera ambiental el regular y controlar el MORDAZA de disposicion final de los desechos solidos, liquidos y vertimientos industriales en el ambito de su jurisdiccion, y

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