TEXTO PAGINA: 49
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de marzo de 2013 490491 participe en el Plenario del Consejo de Derechos Humanos y en el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, del 15 al 20 de marzo de 2013. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094343: Promoción y Defensa de los Intereses del Perú en Asuntos de Seguridad y Lucha contra las Drogas, y Meta 0083942: Consolidación de la Democracia, la Gobernabilidad y Defensa de los Derechos Humanos, debiendo presentar la rendición de cuenta, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Destino Viáticos por día US$ Número de Días Total Viáticos US$ Julio Hernán Garro Gálvez 3,750.00 Viena 260.00 4 + 2 1,560.00 Ginebra 260.00 6 1,560.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas comisiones, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 909514-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio para el Año 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2013-MTC/01 Lima, 6 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Plan Operativo Informático – POI, constituye un instrumento de gestión de corto plazo, que permite defi nir las actividades informáticas de las entidades de la Administración Pública integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles; Que, mediante Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM, se aprobó la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública y su Guía de Elaboración, en la cual se establece que cada entidad de la Administración Pública en base al contenido del Plan Estratégico Institucional y el “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana”, elaborará, registrará y evaluará el Plan Operativo Informático, el mismo que tiene periodicidad anual; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4.2 de la citada Guía, la Dirección de Informática de las entidades públicas (o la que haga sus veces), formulará, registrará y evaluará su respectivo Plan Informático, precisando que su aprobación en las Entidades del Gobierno Central es realizada por la máxima autoridad de la entidad; Que, mediante Memorándum N° 0516-2013-MTC/10.06 del Director de la Ofi cina de Tecnología de Información, el cual hace suyo, el Director General de la Ofi cina General de Administración, mediante Memorándum N° 0520-2013- MTC/10.06, propone para aprobación el Plan Operativo Informático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2013, indicando que el mismo ha sido elaborado de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM; Que, asimismo, el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM, establece, entre otros, que cada Año Fiscal, las entidades deberán registrar en la página web del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi) el Plan Operativo Informático (POI) correspondiente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y la Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM que aprueba la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública y su Guía de Elaboración; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año 2013, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Ofi cina de Tecnología de Información de la Ofi cina General de Administración registrará el Plan Operativo Informático (POI) aprobado por el artículo precedente en la página web del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi). Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Ofi cina de Tecnología de Información y a la Ofi cina General de Administración. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 909275-1 Clasifican y reclasifican jerarquía de diversas carreteras y de Rutas Vecinales o Rurales de la Región San Martín RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2013-MTC/02 Lima, 06 de marzo de 2013 VISTOS, los Ofi cios Nºs. 278-2012-GRSM/PGR, 280-2012-GRSM/PGR y 053-2013-GRSM/PGR del Gobierno Regional San Martín; los Informes Nºs. 433- 2012-MTC/14.07 y 055-2013-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; y, los Memorandos Nºs. 3465-2012-MTC/14, 3798-2012-MTC/14 y 386-2013-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 278-2012-GRSM/PGR de fecha 16 de octubre de 2012, el Gobierno Regional San Martín, solicitó la reclasifi cación de la jerarquía de Rutas Vecinales o Rurales que conforman las redes logísticas como Rutas Departamentales o Regionales, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las Municipalidades Distritales y la conformidad otorgada por las Municipalidades Provinciales a cuya jurisdicción pertenecen; con la fi nalidad que dicho gobierno regional pueda ejecutar proyectos que benefi ciarán a las comunidades colindantes de la zona que tienen a la agricultura y ganadería como sus principales actividades económicas; señalando además, que dichas propuestas corresponden a los criterios de jerarquización vial previstos en el literal b) del artículo 8° del Reglamento de Jerarquización Vial aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC y sus modifi catorias, en adelante el Reglamento; Que, con Ofi cios Nºs. 280-2012-GRSM/PGR y 053- 2013-GRSM/PGR de fechas 16 de octubre de 2012 y 31 de enero de 2013, respectivamente, el Gobierno Regional San Martín, solicitó la clasifi cación de las carreteras Emp. PE-5N (Bellavista) - Puente Bellavista y Emp. SM-105 (Nuevo San Juan) - Yarina - Pongo Isla - Achinamiza - Emp. SM-106; por cuanto dichas vías cumplen con los criterios de jerarquización vial establecidos en el literal b) del artículo 8° del Reglamento para ser consideradas como Rutas Departamentales o Regionales; Que, a través de los Informes Nºs. 433-2012-MTC/14.07 y 055-2013-MTC/14.07 de fechas 13 de noviembre de 2012 y 07 de febrero de 2013, la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, señaló que las carreteras que conforman las Rutas Vecinales o Rurales que son materia de la solicitud formulada por el