Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2013 (09/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller

NORMAS LEGALES
Fecha MORDAZA de MORDAZA 16 de octubre de 2013 16 de octubre de 2014 16 de octubre de 2015 16 de octubre de 2016 16 de octubre de 2017

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de marzo de 2013

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa denominada CORPORACION MORDAZA E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
Fecha MORDAZA de MORDAZA Primera renovacion o contratacion de nueva poliza 6 de setiembre de 2013 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva 6 de setiembre de 2014 poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza 6 de setiembre de 2015 Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza 6 de setiembre de 2016 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 6 de setiembre de 2017 ACTO

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Siendo de Cargo de la empresa denominada CORPORACION MORDAZA E.I.R.L., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario N° 152796 de fecha 19 de diciembre de 2012, la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES FORMULA 1 S.A.C.ESCIFOR S.A.C., en adelante La Empresa, con RUC N° 20539506634 y domicilio Av. MORDAZA F. MORDAZA N° 1810 Urb. 200 Millas ­ Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de MORDAZA, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; Que, en dicho escrito La Empresa solicita que se tenga en cuenta los Partes Diarios Ns° 090064 y 105669 que se encuentran finalizados en esta administracion; Que, revisada la documentacion adjuntada por La Empresa, se le comunico mediante Oficio N° 535-2013MTC/15.03 de fecha 24 de enero de 2013 y notificado el mismo dia, que la inspeccion ocular se realizaria el dia 28 de enero de 2013; Que, mediante Informe N° 002-2013-MTC/15.cchc de fecha 30 de enero de 2013, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Empresa, en donde la inspectora concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43° del D.S. 040-2008-MTC. Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 107-2013-MTC/15.03.A.A., siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES FORMULA 1 S.A.C.-ESCIFOR S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c, asi como los Cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; el Curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los Cursos de Reforzamiento para la Revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES FORMULA 1 S.A.C.ESCIFOR S.A.C. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA, TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA: Av. MORDAZA F. MORDAZA N° 1810 Urb. 200 Millas ­ Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de MORDAZA CIRCUITO DE MANEJO: Av. La MORDAZA S/N del Cercado del Vallecito, Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa.

903513-1

Autorizan funcionamiento de la Escuela de Conductores Integrales Formula 1 S.A.C. - ESCIFOR S.A.C. y disponen su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL N° 680-2013-MTC/15 MORDAZA, 7 de febrero de 2013 VISTO: El Parte Diario N° 152796 presentado por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES FORMULA 1 S.A.C.-ESCIFOR S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que

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