Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2013 (09/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490493

el MORDAZA legal para la promocion, proteccion y realizacion, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusion plena y efectiva en la MORDAZA politica, economica, social, cultural y tecnologica; Que, de acuerdo al articulo 63° de la Ley, el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (Conadis), es el organo especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, constituido como un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomia tecnica, administrativa, de administracion, economica y financiera, y constituye un pliego presupuestario; Que, el articulo 65° de la Ley, senala que el Consejo para la Integracion de la Persona con Discapacidad (Conadis), se encuentra integrado, entre otros, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante; Que, se considera conveniente nombrar al representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones ante el Conadis; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley N° 29158 y el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - Conadis. Articulo 2°.- El funcionario designado en el articulo precedente debera llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con lo dispuesto en la Directiva 001-2007MTC/09, Directiva para la supervision y seguimiento de la participacion de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en organos colegiados, aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 001-2007MTC/09. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Aprueban texto y autorizan suscripcion de la Adenda Nº 6 al Contrato de Concesion para la Construccion, Mejora, Conservacion y Explotacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 130-2013-MTC/02
MORDAZA, 8 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de febrero de 2001, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - en adelante el Concedente - y la empresa MORDAZA Airport Partners S.R.L. - en adelante el Concesionario - suscribieron el Contrato de Concesion para la Construccion, Mejora, Conservacion y Explotacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" - en adelante el Contrato de Concesion -; Que, posteriormente, con fechas 06 de MORDAZA de 2001, 25 de MORDAZA de 2001, 30 de septiembre de 2002, 30 de junio de 2003 y 25 de MORDAZA de 2011 se suscribieron las Adendas No. 1, 2, 3, 4 y 5 al Contrato de Concesion, anteriormente citado; Que, la clausula 24.7 del Contrato de Concesion regula el procedimiento de modificacion de dicho documento contractual, senalando que toda solicitud de enmienda, adicion o modificacion debe ser presentada ante el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - en adelante OSITRAN con MORDAZA al Concedente, con el debido sustento tecnico; el Concedente resolvera la solicitud contando con la opinion tecnica de OSITRAN y de los Acreedores Permitidos en tanto se mantenga cualquier Endeudamiento Garantizado Permitido aprobado integramente por el Concedente, el acuerdo de modificacion sera obligatorio para las Partes, solo si consta por escrito y es firmado por los representantes debidamente autorizados; Que, en tal sentido, mediante Carta No. LAP-GREC-2012-00426 de fecha 21 de noviembre de 2012, el Concesionario presento ante OSITRAN una solicitud de modificacion del Contrato de Concesion, la misma que fue remitida con MORDAZA al Concedente; Que, el inciso d) del articulo 32 del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo No. 059-96-PCM, establece que el Estado podra modificar la concesion cuando ello resulte conveniente; Que, por su parte, el articulo 33 del referido Texto Unico Ordenado, preve que cuando resulte conveniente modificar la concesion, las partes procuraran respetar, en lo posible, la naturaleza de la concesion, las condiciones economicas y tecnicas contractualmente convenidas y el equilibrio financiero para MORDAZA Partes; Que, el literal f) del articulo 30 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de las Normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo No. 060-96-PCM, establece que es atribucion de los sectores u organismos del Estado, modificar el Contrato de Concesion cuando ello resulte necesario, previo acuerdo con el Concesionario, respetando en lo posible su naturaleza, las condiciones economicas y tecnicas contractualmente convenidas y el equilibrio financiero de las prestaciones a cargo de las Partes; Que, el articulo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo No. 1012 - Decreto Legislativo que aprueba la ley MORDAZA de asociaciones publico - privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada, aprobado por Decreto Supremo No. 146-2008-EF y modificado por Decreto Supremo No. 106-2011-EF, senala que para tramitar cualquier solicitud de modificacion contractual, se requerira la opinion previa del organismo regulador correspondiente, cuando se trate de proyectos de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos bajo su competencia; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Contrato de Concesion y en la MORDAZA anteriormente citada, mediante Oficios Circulares Nos. 003-13-SCD-OSITRAN, 006-13-SCDOSITRAN y 007-13-SCD-OSITRAN de fechas 29 de enero, 27 de febrero y 04 de marzo de 2013, OSITRAN comunico

909280-1

Designan Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 128-2013-MTC/01
MORDAZA, 6 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 578-2012MTC/01, se encargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, corresponde designar al citado funcionario como Director del cargo mencionado; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, la Ley N° 29370 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

909281-1

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