Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2013 (21/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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VISTA: La propuesta de modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, presentada por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 225-2011EF/10, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; Que, para el fortalecimiento de PROINVERSION, el ultimo parrafo de la Nonagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza -en un plazo de tres (03) meses- a la modificacion de sus documentos de gestion, los cuales seran aprobados mediante Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas, no siendoles de aplicacion lo dispuesto en los articulos 6 y 8 de la referida Ley, suspendiendose para tal efecto las normas que se opongan o limiten su aplicacion, incluidas las relativas al tramite de documentos de gestion; Que, consecuentemente, se requiere aprobar un MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION; Con el Informe Tecnico Nº 02-2013-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Acuerdo del Consejo Directivo adoptado en su sesion Nº 513 de 19 de Marzo 2013, de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; y en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION que consta de tres (3) Titulos, seis (6) Capitulos, dos (2) Sub Capitulos, treinta y nueve (39) articulos, una (1) Disposicion Complementaria Final y una (1) Disposicion Complementaria Derogatoria, que como anexo forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Publicacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION El Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, aprobado por el articulo precedente, es publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION (www.proinversion.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente resolucion ministerial. Articulo 3.- Vigencia La presente resolucion ministerial entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Referencia en normas anteriores a las Direcciones u Oficinas Toda referencia en normas anteriores a las Direcciones u Oficinas de PROINVERSION que no formen parte del presente Reglamento de Organizacion y Funciones, deberan identificarse con las nuevas Direcciones u Oficinas de acuerdo con sus funciones. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Derogacion Deroguese la Resolucion Ministerial Nº 225-2011EF/10 que aprueba el Reglamento de Organizacion y

Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION y las demas normas que se opongan a la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 914971-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradicion activa de presunto responsable de la comision de delito y disponen su MORDAZA a la Republica de Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2013-JUS MORDAZA, 20 de marzo de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 025-2013/ COE-TC, del 19 de marzo de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica de Colombia del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA RESTREPO, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Supraprovincial de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 29 de enero de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA RESTREPO, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 03-2012). Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 025-2013/COE-TC, del 19 de marzo de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de MORDAZA de 1911", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 22 de octubre de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y,

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