Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2013 (21/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de marzo de 2013

organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS. Segun la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0612011-SUNASS-CD las EPS podran acceder a una Tarifa Basica y/o una Tarifa Condicionada. III. IMPACTO ESPERADO: La aprobacion de la formula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestion y costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables por EMSA MORDAZA S.A. favorece, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la poblacion atendida. A la EPS, debido a que su aplicacion debe coadyuvar a su sostenibilidad economica y viabilidad financiera; y a la poblacion, que se beneficiara del compromiso de la empresa reflejado en las Metas de Gestion, cuyo cumplimiento debe traer consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 914219-2

Articulo 1º.- Crear la Secretaria Tecnica Especializada en Materia Concursal adscrita a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, con eficacia anticipada al 12 de marzo de 2013. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA Bianchini Ayesta en el cargo de Secretario Tecnico de la Secretaria Tecnica Especializada en Materia Concursal adscrita a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, con eficacia anticipada al 12 de marzo de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 913931-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Aduana de Iquitos
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 096-2013/SUNAT MORDAZA, 19 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que el articulo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios de las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1, que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregados como pruebas; Que mediante Resolucion de Superintendencia de Aduana N.° 1078 del 5 de Setiembre de 2001, se designo al trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Aduana de Iquitos; Que habiendose producido el traslado de dicho trabajador, es necesario dejar sin efecto la designacion a que se refiere el considerando precedente y designar MORDAZA fedatario administrativo; En uso de la facultad conferida en el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 1152002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la designacion como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Aduanas de Iquitos, del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acho. Articulo 2°.- Designar como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Aduanas de Iquitos, al trabajador MORDAZA MORDAZA Arzubialdes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 914159-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Crean la Secretaria Tecnica Especializada en Materia Concursal adscrita a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia y designan Secretario Tecnico
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 055-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 19 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el literal i) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, es facultad del Consejo Directivo del Indecopi aprobar la creacion de Secretarias Tecnicas adicionales o desactivarlas segun la estructura funcional del Indecopi y conforme lo justifique el aumento o disminucion de la carga procesal; Que, conforme a lo establecido por el literal f) del articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, el Consejo Directivo del Indecopi se encuentra facultado para designar a los Secretarios Tecnicos de la Institucion; Que, el Consejo Directivo del Indecopi ha aprobado la creacion de una Secretaria Tecnica Especializada en Materia Concursal adscrita a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, designando al Secretario Tecnico de la misma, con la finalidad de garantizar la eficiente tramitacion de los procedimientos administrativos en materia concursal que actualmente son de competencia de dicha Sala; y, con el objetivo de impulsar la especializacion en materia concursal para brindar el apoyo requerido por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi; y, De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033;

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