Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2013 (26/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de marzo de 2013

Que, el numeral 17.1 del Articulo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, senala que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 ­ sobre normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la permanencia en el exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado del Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 43275024 y CIP Nº 121265600, a fin de cumplir con su rehabilitacion en el HOSPITAL JOHN'S HOPKINS, de la MORDAZA de Baltimore, Estado de Maryland ­ Estados Unidos de MORDAZA, con eficacia anticipada del 01 de enero al 30 de MORDAZA de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensacion Extraordinaria Mensual Por Servicio en el Extranjero: - US$. 2,500.00 x 04 meses x 1 persona (Ene a abr. 2013). Total a pagar : US$. 10,000.00 US$. 10,000.00

Aprueban Escala de Pago por Docencia en las Instituciones Armadas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1407-2012 DE/SG
MORDAZA, 19 de diciembre de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 1272/A-1.b/19.00 del 17 de diciembre de 2012, el Oficio G-500-4854 del 14 de diciembre de 2012 y el Oficio NC-50-SGFA-COPE Nº 4775 del 12 de diciembre de 2012, emitidos por el Jefe de Estado Mayor General del Ejercito, por el Secretario del Comandante General de la MORDAZA y por el Secretario del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 168º, que las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organizacion, las funciones, las especialidades, la preparacion y el empleo; y MORDAZA la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional. Las Fuerzas Armadas organizan sus reservas y disponen de ellas segun las necesidades de la Defensa Nacional, de acuerdo a ley; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1132 se aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, disponiendo en articulo 9º inciso b), referido a beneficios, que percibira una Compensacion por Funcion de Docencia, el personal militar y policial que desempene funciones de docencia efectiva en los Centros de Instruccion y Entrenamiento de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru, en montos que seran aprobados por Resolucion Ministerial del sector correspondiente y de acuerdo a las posibilidades presupuestarias para cada Ano Fiscal; Que, mediante los oficios del visto, se remite por anexo, la Escala de Pago por Docencia en las Instituciones Armadas como compensacion al personal militar que desempene funciones de docencia efectiva en los Centros de Instruccion y Entrenamiento de las Fuerzas Armadas; Que, asimismo, con el Informe Tecnico Nº 015/VPD/ DGEDOC/01/C de 19 de diciembre de 2012, la Direccion General de Educacion y Doctrina emite opinion favorable en relacion con la aprobacion de los montos contenidos en la referida Escala; Estando a lo recomendado por la Direccion General de Recursos Humanos, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 10º numeral 37 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE:

Articulo 3º.- Dejar subsistente en todo lo demas, el contenido de la Resolucion Suprema Nº 451-2012-DE del 28 de setiembre de 2012. Articulo 4º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

Articulo 1º.- Aprobar la Escala de Pago por Docencia en las Instituciones Armadas como compensacion al personal militar que desempene funciones de docencia efectiva en los Centros de Instruccion y Entrenamiento de las Fuerzas Armadas, a partir del mes de diciembre de 2012, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- El pago de los montos contenidos en la Escala aprobada en el articulo 1º de la presente resolucion, se sujeta a la disponibilidad presupuestaria de cada Institucion Armada. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial y sus respectivos anexos se publicaran en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe). Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

916974-4

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