Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2013 (26/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 26 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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Republica del Peru y aprobado por Resolucion Legislativa N° 29522 de 22 de MORDAZA de 2010. Articulo 2.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de marzo del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

su pase a la situacion de retiro, a partir del 01 de marzo de 2013; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, la situacion de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomatico se encuentra apartado definitivamente de la situacion de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situacion de retiro, a su solicitud en forma escrita, se MORDAZA efectivo mediante Resolucion Suprema; Que, el Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no esta incurso en lo establecido en el articulo 49º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Teniendo en cuenta el Informe N° 002-2013, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 08 de febrero de 2013; De conformidad con los articulos 18º inciso e) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318; y los articulos 43º literal e) y 49º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Pasar a la situacion de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con eficacia anticipada a partir del 01 de marzo de 2013. Articulo 2º.- Dar las MORDAZA al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

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Pasan a la situacion de retiro a Ministros en el Servicio Diplomatico de la Republica
RESOLUCION SUPREMA Nº 066-2013-RE
MORDAZA, 25 de marzo de 2013 VISTA: La comunicacion s/n, de 04 de febrero de 2013, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bresani MORDAZA, mediante la cual solicita su pase a la situacion de retiro, a partir del 01 de marzo de 2013; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, la situacion de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomatico se encuentra apartado definitivamente de la situacion de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situacion de retiro, a su solicitud en forma escrita, se MORDAZA efectivo mediante Resolucion Suprema; Que, el Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bresani MORDAZA, no esta incurso en lo establecido en el articulo 49º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Teniendo en cuenta el Informe N° 001-2013, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 07 de febrero de 2013; De conformidad con los articulos 18º inciso e) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318; y los articulos 43º literal e) y 49º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Pasar a la situacion de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bresani MORDAZA, con eficacia anticipada a partir del 01 de marzo de 2013. Articulo 2º.- Dar las MORDAZA al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bresani MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

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Autorizan a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de la Produccion y al Ministerio de Energia y Minas, a efectuar pagos de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 068-2013-RE
MORDAZA, 25 de marzo de 2013 VISTO: El oficio N° 1069-2013-PCM/SG de fecha 05 de marzo de 2013, de la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la contribucion anual al Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo - CLAD; CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago del aporte anual al Centro Latinoamericano de

916973-6 RESOLUCION SUPREMA Nº 067-2013-RE
MORDAZA, 25 de marzo de 2013 VISTA: La comunicacion s/n, de 06 de febrero de 2013, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la cual solicita

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