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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2013 (06/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Lunes 6 de mayo de 2013 494307 Visto, el Ofi cio Nº 287-2013-CEUCI-UNFV de fecha 04.04.13, del Jefe del Centro Universitario de Cómputo e Informática de esta Universidad, mediante el cual solicita la designación del responsable del Portal de Transparencia y de las Publicaciones en la Página Web. de la Universidad; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso fundamental a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, para la difusión vía Internet, de la información a que hace referencia el Articulo 5º de la citada Ley, la Entidad Publica deberá identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet, conforme lo dispone el párrafo in fi ne de dicho articulo; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4º, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, adicionalmente, la Entidad colocara copia de la Resolución de designación en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución R. Nº 8947-2009-UNFV de fecha 20.05.09, se designó, a partir de dicha fecha, al Ing. Carlos Domingo Guzmán Ubillus, ex Director (e) del Centro Universitario de Cómputo e Informática, responsable de la actualización del Portal de Transparencia de esta Universidad, y con Resolución R. Nº 2696-2012-UNFV de fecha 28.12.12, se da por concluida su designación a partir del 15 de noviembre del 2012, en el mismo acto resolutivo se designó en su reemplazo a la Lic. Ana Doris Terrones Silva; Que, mediante Resolución R. Nº 2922-2013-UNFV de fecha 28.01.13, se dejó sin efecto la Resolución R. Nº 2696-2012-UNFV de fecha 28.12.12; ello involucra dejar sin efecto, por un lado, la conclusión de la designación del Ing. Carlos Domingo Guzman Ubillus, responsable de la actualización del Portal de Transparencia, y por otro lado, la designación de la Lic. Ana Doris Terrones Silva en su reemplazo; Que, siendo que a la fecha la Resolución R. Nº 8947- 2009-UNFV de fecha 20.05.09, se encuentra vigente, corresponde nuevamente dar por concluida a partir del 15 de noviembre del 2012 la designación del Ing. Carlos Domingo Guzman Ubillus y la designación del nuevo responsable de dicho portal; Estando a lo dispuesto por el señor Rector en el Proveído Nº 1231-2013-R-UNFV del 08.04.13 y de conformidad con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad y la Resolución Nº 2149-2011-R-COG-UNFV del 09.11.11; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir del 15 de noviembre del 2012, la designación del Ing. CARLOS DOMINGO GUZMAN UBILLUS, como responsable de la actualización del Portal de Transparencia y de las Publicaciones en la Pág. Web. de la Universidad Nacional Federico Villlarreal. Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha al Mg. CARLOS MIGUEL FRANCO DEL CARPIO, Jefe del Centro Universitario de Cómputo e Informática de esta Universidad, responsable de la actualización del Portal de Transparencia y de las Publicaciones en la Pág. Web. de la Universidad Nacional Federico Villlarreal. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, las Ofi cinas Centrales de Planifi cación, de Logística y Servicios Auxiliares, de Recursos Humanos, de Asesoría Jurídica y Económico Financiera, así como la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General 932755-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan funcionamiento de Administradora Privada de Fondos de Pensiones “AFP HABITAT” para desarrollar actividades a nivel nacional RESOLUCIÓN SBS Nº 2680-2013 Lima, 2 de mayo de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por AFP Habitat en Organización, para que se autorice el funcionamiento de la Administradora Privada de Fondos de Pensiones denominada “AFP HABITAT”; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la autorización de organización otorgada por esta Superintendencia mediante Resolución SBS Nº 9356-2012 del 17 de diciembre de 2012, se ha constituido la Administradora Privada de Fondos de Pensiones “AFP HABITAT”, mediante escritura pública extendida ante el Notario Manuel Noya de la Piedra, de fecha 27 de diciembre de 2012 y registrada la constitución de la sociedad anónima en la Partida Nº 12964348 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; Que, en el marco de lo establecido en el procedimiento Nº 02 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante TUPA) de esta Superintendencia, se ha verifi cado que “AFP HABITAT” ha cumplido con los requisitos establecidos en el precitado procedimiento para el funcionamiento de la Administradora, encontrándose legal, técnica y administrativamente apta para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento, conforme al modelo de negocio informado por la Administradora; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Previsional, el Departamento de Supervisión de Inversiones, el Departamento de Supervisión de Pensiones y Benefi cios, el Departamento Legal, el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; y con la conformidad de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, de Riesgos y de Asesoría Jurídica;