Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2013 (08/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Miércoles 8 de mayo de 2013 494380 OSINERGMIN podrá establecer mecanismos y medios informáticos para facilitar la remisión de la información FISE. En el Anexo 2 se adjunta la descripción y el contenido de cada uno de los Formatos y Tablas a utilizar, en el Anexo 3 se indica la periodicidad y medios que se utilizarán para la remisión de la información prevista en la presente norma, asimismo en el Anexo 4 se establece la codificación de las Distribuidoras Eléctricas” Artículo 3º.- Incorporar a la Norma “Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementación y ejecución del FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, el numeral 11.6 del artículo 11º, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Transferencias FISE del Administrador a la empresa de Distribución Eléctrica (...) 11.6 A partir de los resultados de la supervisión y/o del análisis de la información proporcionada por las Distribuidoras Eléctricas, el Administrador podrá realizar un nuevo cálculo efectuando los ajustes correspondientes en el siguiente programa de transferencias. “ Artículo 4º.- Eliminar del Anexo 2 de la Norma “Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementación y ejecución del FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 138- 2012-OS/CD, el formato FISE-05: formato de la Relación de Benefi ciarios del FISE a ser Reportado por el MINEM. Artículo 5º.- Modifi car los Anexos 1, 2, 3 e incorporar el Anexo 4 a la Norma “Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementación y ejecución del FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, los cuales son parte de la presente Resolución. Artículo 6º.- Autorizar a que mediante oficio remitido a las Distribuidoras Eléctricas, el Jefe de Proyecto FISE pueda modificar, sustituir, ampliar, eliminar u otra acción similar, los Formatos o Tablas de los Anexos de las Resoluciones de Consejo Directivo Nos. 138-2012-OS/CD y 173-2012-OS/CD, debiendo, además, publicar los documentos actualizados en el portal institucional. Artículo 7º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 8º.- Disponer que, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, las Distribuidoras Eléctricas realicen las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente. Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presente resolución, conjuntamente con sus Anexos, en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional de OSINERGMIN. JESUS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN