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El Peruano Miércoles 8 de mayo de 2013 494389 OSIPTEL para su aprobación, la OBI para la prestación de su servicio de telefonía fi ja; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 048-2013-GG/OSIPTEL, emitida el 30 de enero de 2013, este organismo efectuó observaciones a la OBI presentada por Americatel el 11 de diciembre de 2012; Que, mediante comunicación c.092-2013-GAR, recibida el 28 de febrero de 2013, Americatel remitió modifi caciones a su propuesta de OBI, con la fi nalidad de subsanar las observaciones formuladas mediante Resolución de Gerencia General N° 048-2013-GG/ OSIPTEL; Que, mediante comunicación C. 349-GG.GPRC/2013, de fecha 16 de abril de 2013, luego de revisar las subsanaciones alcanzadas, se remitió a Americatel la propuesta de OBI formulada por el OSIPTEL, a efectos que manifi este lo que considere pertinente; Que, mediante comunicación c.216-2013-GAR, recibida el 24 de abril de 2013, Americatel remitió sus comentarios a la propuesta de OBI formulada por el OSIPTEL, mediante comunicación C. 349-GG.GPRC/2013; Que, sobre la base de la evaluación correspondiente, esta Gerencia General considera que la OBI señalada en el numeral (iii) de la sección de VISTOS, se adecua a la normativa vigente en materia de interconexión; no obstante ello, manifi esta la siguiente consideración; Que, conforme lo señalado por Americatel mediante comunicación c.216-2013-GAR, en el Anexo II – Condiciones Económicas-, y en el Anexo III –Condiciones Económicas para la Provisión de Enlaces de Interconexión- se están considerando los costos de adecuación de red del servicio de telefonía fi ja pactados por Americatel en el Contrato de Interconexión aprobado mediante Resolución de Gerencia General N° 301-2013-GG/OSIPTEL; Que, asimismo, en virtud de los comentarios vertidos por Americatel, se está eliminando el numeral 1.1 del Anexo III –Condiciones Económicas para la Provisión de Enlaces de Interconexión-, toda vez que el servicio de provisión de enlaces de interconexión que se debe incluir en el referido Anexo III es prestado por Americatel y no por la empresa operadora solicitante; en ese sentido, la empresa operadora solicitante tiene la facultad de requerir la prestación del citado servicio incluido en esta sección de la OBI; Conforme a lo expuesto, de acuerdo a lo previsto en el numeral 6º del Anexo I -Disposiciones para que los operadores del servicio de telefonía fi ja y de los servicios públicos móviles presenten Ofertas Básicas de Interconexión- de la Resolución de Consejo Directivo Nº 106-2011-CD/OSIPTEL; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Oferta Básica de Interconexión para la red del servicio de telefonía fi ja de Americatel Perú S.A. formulada por el OSIPTEL, el 16 de abril de 2013; de conformidad y en los términos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los acuerdos de Interconexión que se suscriban conforme a la Oferta Básica de Interconexión para la red del servicio de telefonía fi ja a que hace referencia el Artículo 1° precedente, se ejecutarán sujetándose a los principios de neutralidad, no discriminación e igualdad de acceso, así como a las disposiciones que en materia de interconexión son aprobadas por el OSIPTEL. Artículo 3º.- La presente resolución conjuntamente con su Anexo N° 1 será notifi cada a Americatel Perú S.A.; y se publicará en la página en la página web de Americatel Perú S.A., así como en la página web institucional del OSIPTEL: www.osiptel.gob.pe. Artículo 4º.- La presente resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. La Oferta Básica de Interconexión que se aprueba mediante la presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE ANTONIO APOLONI QUISPE Gerente General 933348-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Modifican Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el período 2012 - 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 025-2013-JEFATURA/ONP Lima, 19 de abril de 2013 VISTO: El Informe Nº 006-2013-OPP/ONP, de fecha 08 de abril de 2013, a través del cual la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto plantea la modifi cación del Plan Estratégico Institucional para el período 2012-2016 aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modifi cado por la Ley Nº 26323, se crea la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, siendo un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refi ere el Decreto Ley Nº 19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846; y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la ONP, el mismo que contiene la estructura orgánica y dispone el ordenamiento e identifi cación de los distintos órganos y unidades orgánicas de la Entidad con la delimitación de sus funciones; Que, el numeral 1 del artículo 5º de la Ley Nº 28532, establece que es facultad del Jefe de la ONP dictar las políticas y lineamientos institucionales; Que, el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales – POI, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional – PEI; Que, el planeamiento estratégico es un proceso participativo que compromete a los miembros de la Institución, da coherencia, unidad e integridad a las decisiones de la organización y constituye un instrumento mediante el cual se establece el rumbo a seguir por la entidad, los objetivos a lograr y las estrategias a ser implementadas, en armonía y concordancia con la Política General del Gobierno y el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007- 2012-JEFATURA/ONP, se aprobó el Plan Estratégico Institucional de la Ofi cina de Normalización Previsional para el período 2012 – 2016; Que, mediante Informe Nº 006-2013-OPP/ONP, de fecha 08 de abril de 2013, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la ONP informa que del análisis de la aplicación del Plan Estratégico Institucional, su ejecución y evaluación, ha determinado que resulta necesario adecuar y actualizar la información referida a los indicadores e iniciativas estratégicos contenidas en el Plan Estratégico Institucional de la ONP para el período 2012 - 2016; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 28532, el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2008-EF.