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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2013 (10/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Viernes 10 de mayo de 2013 494535 Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 935481-9 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1250-2013-MP-FN Lima, 9 de mayo del 2013 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 531-2013-MP-FIS. SUPR.CI de fecha 09 de abril del 2013, expedida por la Fiscalía Suprema de Control Interno, se dispone la medida de abstención en el ejercicio de la función fi scal impuesta al doctor Mario Efraín Zarate Maldonado, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Madre de Dios, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto con el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MARIO EFRAÍN ZARATE MALDONADO, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Madre de Dios y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata, materia de la Resolución Nº 2573-2012-MP-FN, de fecha 28 de setiembre del 2012. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Madre de Dios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 935481-10 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Cancelan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 2590-2013 Lima, 25 de abril de 2013 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Luis Alberto Marthans Garro, respecto a la cancelación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros A: Personas Naturales; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de noviembre de 1970 se autorizó la inscripción del señor Luis Alberto Marthans Garro, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, otorgándole el Registro N° N-0398 como corredor de seguros (actualmente corredor de seguros generales y de personas), Que, con fecha 17 de abril del 2013, el señor Luis Alberto Marthans Garro solicita la cancelación de su Registro por las razones expuestas en la comunicación que obra en su expediente; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 17° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado en la Resolución S.B.S. N° 1797-2011, y en el procedimiento N° 150 del Texto Único Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013. RESUELVE: Artículo Primero.- Cancelar a partir de la fecha de la presente Resolución, la inscripción del señor Luis Alberto Marthans Garro con Registro N° N-0398 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros A: Personas Naturales, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La cancelación del registro a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución no exime al señor Luis Alberto Marthans Garro del cumplimiento de las obligaciones que haya contraído con terceros, con anterioridad a la fecha de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 934389-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Ratifican montos de remuneración mensual de Presidente y Vicepresidente Regional y de dieta mensual de Consejeros Regionales para el año fiscal 2013 ACUERDO Nº 029-2013-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 21 de marzo 2013 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias, en Sesión Ordinaria del día veinte de marzo del año dos mil trece, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: