TEXTO PAGINA: 36
El Peruano Viernes 10 de mayo de 2013 494522 Especializado Titular del Primer Juzgado Civil de Ica, Corte Superior de Justicia del mismo nombre. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Memorándum N° 005- 2013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de la fotocopia de la fi cha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el mencionado juez nació el 13 de mayo de 1943. Por consiguiente, el 13 de mayo del año en curso cumplirá setenta años de edad; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del día 13 de mayo del año en curso, al doctor Joaquín Ricardo Luna Victoria Rosas en el cargo de Juez Especializado Titular del Primer Juzgado Civil de Ica, Distrito Judicial del mismo nombre, quien actualmente se desempeña como Juez Superior Provisional en el mencionado Distrito Judicial; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 935380-1 Aceptan renuncia al cargo de Juez Especializado Penal Titular del Callao RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 044-2013-P-CE-PJ Lima, 8 de mayo de 2013 VISTO: El Oficio N° 3827-2013-P-CSJCL-PJ cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, que remite la solicitud de renuncia presentada por el doctor Ramón Alfonso Vallejo Odría, Juez Especializado Penal Titular del referido Distrito Judicial, con certificación de firma ante Notario Público del Callao. CONSIDERANDO: Primero. Que el doctor Ramón Alfonso Vallejo Odría formula renuncia al cargo de Juez Especializado Penal Titular del Callao, Distrito Judicial del mismo nombre, con efectividad al 14 de mayo del año en curso, nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resoluciones Administrativas N° 281-2002-CNM y N° 427-2010-PCNM, de fecha 22 de mayo de 2002 y 19 de octubre de 2010, respectivamente. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del 14 de mayo del año en curso, la renuncia formulada por el doctor Ramón Alfonso Vallejo Odría al cargo de Juez Especializado Penal Titular del Callao, Distrito Judicial del mismo nombre, sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Agradecer al mencionado Juez Especializado, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 935380-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman el Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 481-2013-P-CSJLI/PJ Lima, 8 de mayo de 2013 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N°061-2013-CE-PJ de fecha 03 de abril del 2013, N°197-2013-P-CSJLI/PJ de fecha 28 de febrero del 2013 y la Carta de fecha 29 de abril del año en curso (Reg. de Ingreso N°33338), cursado por el Dr. Juan Carlos Chávez Paucar, Juez Especializado; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolución Administrativa N°061- 2013-CE-PJ, de fecha 03 de abril del año en curso, se dispuso aprobar por el plazo de cuatro meses, la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”. Segundo: Que, el inciso b) del artículo 5° de la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo” señala que el Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo estará compuesta por: El Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien lo preside, un Juez Superior que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo, un Juez Especializado que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo, un Juez de Paz Letrado que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo y un Administrador del Módulo Laboral, quien actuará como Secretario Técnico. Tercero: Que, por Resolución Administrativa N°197- 2013-P-CSJLI/PJ, se dispuso formalizar la conformación del Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, quedando conformado de la siguiente