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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2013 (25/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

El Peruano Sábado 25 de mayo de 2013 495504 Fijan montos de remuneración mensual del Presidente Regional y de dietas de los Consejeros Regionales ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 003-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 07 de enero del 2013, aprobó el siguiente Acuerdo Regional CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, defi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192 de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Que, el artículo 15, inciso f, concordante con el artículo 19 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus leyes modifi catorias, establece la atribución del Consejo Regional para fi jar la remuneración del Presidente y Vicepresidente, así como las Dietas de los Consejeros Regionales. Que, en atención al Pedido N° 001-2013-GOREMAD- CR/APAR, formulado por el Consejero Regional Aurelio Pantaleón Alpaca Ruiz, se hace necesario fi jar las Remuneraciones del Presidente y Vicepresidente, así como las Dietas de los Consejeros Regionales para el periodo 2013. Que, mediante el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 019-2006, se establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibirán por todo concepto, la compensación por el ejercicio de sus funciones que fi je el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excederá la suma de S/. 14,300.00 (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES). Que, mediante Decreto de Urgencia N° 038-2006, se modifi can algunos artículos de la Ley N° 28212, entre otros, el artículo 5, De las Dietas; 5.2, señalando en cuanto a las Dietas de los Consejeros que: Los Consejeros Regionales reciben únicamente dietas, según el monto que fi jen los respectivos Consejos Regionales, de conformidad con lo que dispone la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. En ningún caso, dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional. Que, el Consejo Regional en Sesión, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad, ha determinado fi jar las remuneraciones del Presidente y Vicepresidente, así como fi jar las dietas de los Consejeros Regionales para el año 2013, conforme se venía abonando el año próximo pasado, por lo que se hace necesario la emisión del correspondiente acuerdo. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. ACUERDA: Artículo Primero.- FIJAR, la Remuneración mensual del Presidente Regional en la suma de S/. 14,300.00 (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) y la Remuneración mensual del Vicepresidente Regional en la suma de S/. 7,150.00 (SIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el año 2013, tal y conforme el año próximo pasado. Artículo Segundo.- FIJAR, las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Madre de Dios, en el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente Regional, que equivale a S/. 4,290.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el año 2013, tal y conforme al año próximo pasado. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. CARLOS EMERICO NIETO RAMOS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los siete días del mes de enero del año dos mil trece. JORGE ALBERTO ALDAZABAL SOTO Presidente Regional 941069-1 Establecen que el Consejo Regional de Madre de Dios hace suya la propuesta de Proyecto de Ley que autoriza al Gobierno Regional la contratación de docentes, auxiliares de educación y personal administrativo, en instituciones educativas ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 014-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 13 de marzo del 2013. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, defi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo 15, inciso a) y artículo 39 de la precitada ley. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano