Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

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Las sesiones ordinarias seran convocadas mediante citacion escrita, con una anticipacion minima de 48 horas. Las sesiones extraordinarias seran convocadas con un minimo de 24 horas de anticipacion, salvo situaciones de emergencia que ameriten un plazo menor y se tratara asuntos o temas consignados en la agenda de la convocatoria. El pleno del Consejo podra ordenar que se incorpore otros temas en la agenda por ser de urgencia e importancia. Debe decir: El Consejo Regional se reune en sesiones Ordinarias, Extraordinarias, Solemnes y de Instalacion. Las sesiones ordinarias seran convocadas mediante citacion escrita, con una anticipacion minima de 48 horas. Las sesiones extraordinarias seran convocadas con un minimo de 24 horas de anticipacion, salvo situaciones de emergencia que ameriten un plazo menor y se tratara asuntos o temas consignados en la agenda de la convocatoria. El pleno del Consejo podra ordenar que se incorpore otros temas en la agenda por ser de urgencia e importancia. Para efectos del pago de la dieta que percibe cada Consejero Regional se tendra en cuenta la asistencia a sesiones Ordinarias y Extraordinarias. Las sesiones ordinarias seran convocadas mediante citacion escrita, con anticipacion minima de 48 horas y se llevaran a cabo el viernes de la primera semana de cada mes, salvo que algun miembro del Consejo este en comision de servicio autorizado por el Pleno del Consejo Regional, en cuyo caso el Consejero Delegado reprogramara la nueva fecha. QUORUM Y MAYORIAS Articulo 13 Dice:

Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Esta integrado por siete (7) Consejeros Regionales que son elegidos en forma directa de acuerdo a ley. Debe decir: El Consejo Regional, es la instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, sus funciones y atribuciones estan senaladas en la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Esta integrado por nueve (9) Consejeros Regionales que son elegidos en forma directa de acuerdo a ley. CAPITULO II DEL CONSEJERO DELEGADO Y CONSEJEROS REGIONALES Articulo 6 Inciso B Dice: Son derechos funcionales de los consejeros regionales de MORDAZA de Dios: j) Autorizar al Presidente Regional en caso de viaje fuera del pais. Debe decir: Son derechos funcionales de los consejeros regionales de MORDAZA de Dios: j) Autorizar los viajes en comision oficial de servicio fuera del MORDAZA del Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros Regionales. CAPITULO III DE LA SECRETARIA DEL CONSEJO REGIONAL Articulo 8 Dice: La Secretaria del Consejo Regional es el organo que proporciona el servicio administrativo al Consejo Regional. Esta a cargo de un funcionario denominado Secretario Tecnico, propuesto por el Consejo Regional. Debe decir: La Secretaria del Consejo Regional es el organo que proporciona el servicio administrativo al Consejo Regional. Esta a cargo de un funcionario denominado Secretario Tecnico, de profesion Abogado colegiado, habilitado, con un minimo de cinco (05) anos de experiencia profesional, cuya designacion y/o remocion sera propuesta por el Consejo Regional. La Secretaria del Consejo Regional, cuenta tambien con personal Administrativo, Tecnico y de Asesorias cuya designacion y/o remocion sera propuesta por el Consejo Regional. CAPITULO IV FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO REGIONAL CLASES DE CONVOCATORIAS Articulo 11 Dice: El Consejo Regional se reune en sesiones Ordinarias, Extraordinarias, Solemnes y de Instalacion. SESIONES, CITACIONES Y

c) El quorum para la realizacion de las sesiones del Consejo regional es la mitad mas uno del numero habil de sus miembros. Cuando presida la sesion el Consejero Delegado, hace uso de su derecho a MORDAZA, ademas del derecho a la dirimencia. d) El quorum para la realizacion de las sesiones de las distintas comisiones, es la mitad mas uno del numero habil de sus miembros, los acuerdos se toman con el MORDAZA de la mayoria simple de los miembros presentes al momento de la votacion. Debe decir: c) El quorum para la realizacion de sesiones del Consejo Regional, se determina por mayoria del numero habil de miembros del Consejo Regional. Cuando presida la sesion el Consejero delegado, hace uso de su derecho a la dirimencia. d) El quorum para la realizacion de sesiones de las diferentes comisiones, es la mayoria de sus miembros habiles. CAPITULO II DEL CONSEJERO DELEGADO Y CONSEJEROS REGIONALES Articulo 6 Inciso B.- DERECHOS FUNCIONALES DE LOS CONSEJEROS REGIONALES Incluir: L) Los consejeros regionales tiene derecho a contar con una Poliza de Seguros contra accidentes que puedan ocurrir en el ejercicio de sus funciones, la misma que sera contratada por el Ejecutivo Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la

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