Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

495494
CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 613-2012-GRA/PRES, de fecha 06 de agosto del ano 2012, el senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, remite ante el Consejo Regional el Proyecto sobre la Creacion de la Unidad de Gestion Educativa Local ­UGEL en el MORDAZA del Rio MORDAZA, Ene y Mantaro- VRAEM, iniciativa propuesta por la Direccion Regional de Educacion MORDAZA, acompana el Informe Tecnico y Legal de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA y de la Direccion Regional de Educacion, con el Dictamen de la Comision de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestion Institucional, se sometio a consideracion del Pleno del Consejo Regional; Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902 establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas en los Gobiernos Regionales, formular y aprobar su organizacion interna y su Presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo, en el literal a) del articulo 15º establece como atribuciones del consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 58º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, senala que los titulares de los Pliegos presupuestarios proponen a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico la creacion de Unidades Ejecutoras, debiendo contar para dicha creacion con un presupuesto anual por toda fuente de financiamiento no inferior a DIEZ MILLONES y 00/100 Nuevos Soles (10'000.00). Las Unidades Ejecutoras se crean para el logro de objetivos y la contribucion de la mejora de la calidad del servicio publico, y con sujecion a la Especializacion Funcional y la Cobertura del Servicio; Que, el articulo 4º de la Ley MORDAZA de la Modernizacion de la Gestion del Estado complementa y enfatiza que la modernizacion de la Gestion del Estado, tiene como finalidad primordial la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, el uso optimo de sus recursos publicos y consecuentemente un mayor impacto en la poblacion. Asi mismo, el literal c) de este articulo senala que el objetivo a alcanzar es un Estado descentralizado y desconcentrado; Que, el literal b) del articulo 45º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales establece la funcion general de planeamiento el diseno de politicas, prioridades, estrategias., programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralizacion; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Por lo que en uso de las atribuciones conferidas por la constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; Ley Nº 28968 y demas normas complementarias; el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros, aprobo el siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la Creacion de la Unidad de Gestion Educativa Local ­ UGEL VRAE, que comprende los Distritos de MORDAZA MORDAZA, Samugari, Ayna, Sivia y Llochegua de la margen izquierda del MORDAZA del

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

Rio MORDAZA y Ene - Ayacucho" y su implementacion progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestal; cuya sede sera decidida por las Municipalidades que comprenden la UGEL ­VRAE. Articulo Segundo.ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Direccion Regional de Educacion MORDAZA la implementacion de la presente Ordenanza Regional, acorde con las normas legales vigentes. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y desarrollo Institucional y la Direccion Regional de Educacion el funcionamiento provisional de la UGEL en el MORDAZA del Rio MORDAZA y Ene, hasta el logro del Presupuesto necesario para su total funcionamiento, mediante el MEF. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 28 dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DE LA MORDAZA EYZAGUIRRE Presidente del Consejo Regional Dado en MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 28 dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. MORDAZA OSCORIMA NUNEZ Presidente 941105-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Crean el Consejo Competitividad Regional de

ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el 22 de marzo del 2013; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomia politica, economica y administrativa, y tienen por mision, organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region. Que, el Inciso a) del articulo 15 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". Que, el articulo 38 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, es funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.