Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

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Que, mediante la Ordenanza Nº 327-MDR publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de marzo del 2013, se establece la MORDAZA de DECLARACION JURADA MASIVA DEL IMPUESTO PREDIAL PARA LA GENERACION DE CONTRIBUYENTES, DE AQUELLAS PERSONAS QUE TIENEN CONDICION DE OMISOS Y OTORGAMIENTO DE BENEFICIO TEMPORAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, por un periodo de sesenta (60) dias calendarios; plazo que estara vigente hasta el 20 de MORDAZA del presente ejercicio; Que, la Tercera Disposicion Final de la precitada Ordenanza faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en la mencionada MORDAZA, de ser el caso, disponga la correspondiente prorroga de su vigencia por un periodo igual o mas de acuerdo a la necesidad; Que, en ese sentido es conveniente prorrogar los beneficios contemplados en la citada Ordenanza, cuyos fundamentos se sustenta en el Informe Tecnico Nº 87 -2013-SATR de la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion, Informe Nº 55-2013-SGFT de la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, el cual senala que esta dirigido tanto para las personas que tienen calidad de propietarios, poseedores o tenedores que tengan condicion de omisos a la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, como para aquellos contribuyentes que hayan efectuado modificaciones a las caracteristicas de sus predios y que difieran con sus ultimas declaraciones; Que, en las campanas de atencion descentralizada, focalizado en la MORDAZA donde existe un gran volumen de omisos, ubicado en las inmediaciones de las alturas de San MORDAZA de Amancaes y zonas aledanas alejadas a la sede central de la Gerencia de Rentas, resulta que pese al tiempo transcurrido han logrado inscribirse muy pocos, debido a que la situacion economica que atraviesan, no les permiten cumplir en forma inmediata con regularizar la MORDAZA de sus declaraciones juradas, asi como cumplir el pago oportuno de sus obligaciones tributarias; Que, la actual Administracion consciente de la situacion que vienen atravesando nuestros vecinos MORDAZA mencionados, y el interes mostrado por ellos para cumplir con sus obligaciones tributarias, estima por conveniente ampliar el beneficio contemplado en la Ordenanza Nº 327-MDR, el mismo que tambien debera hacerse extensivo, para aquellos contribuyentes que no han actualizado las modificaciones en las caracteristicas de su predios; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6º del Articulo 20º del la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGASE hasta el 27 de diciembre del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 327-MDR, que establece la MORDAZA de la declaracion jurada masiva del impuesto predial para la generacion de contribuyentes, de aquellas personas que tienen condicion de omisos y otorgamiento de beneficio temporal para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia de Rentas y Subgerencias que la conforman, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere su competencia y a la Gerencia de Imagen y Comunicacion Social, su difusion. Registrese publiquese y cumplase. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 941722-1

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgacion. En la Provincia de Pasco, a los diez dias del mes de marzo del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los diez dias del mes de marzo del dos mil trece. KLEVER U. MORDAZA MORDAZA Presidente 941115-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 327-MDR, referente a la MORDAZA de declaracion jurada masiva del Impuesto Predial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2013-MDR MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO: La Ordenanza Nº 327-MDR publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de marzo del 2013, que establece en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, beneficios para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Masiva del Impuesto Predial; Informe Nº 272013-GR/MDR de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 87-2013-SATR-GR/MDR de la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion; Informe Nº 55-2013-SGFT-GR-MDR de la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, solicitando la prorroga del vencimiento del referido Beneficio y el que solicita atencion respectiva; y, CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que se encuentra reconocida en la Constitucion Politica del Peru, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes , rentas, asi como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, segun lo senalado en el articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo N 156-2004-EF, establece plazos para presentar Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes;

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