Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

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proyecto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente. Articulo Segundo.- RECOMENDAR, al Ejecutivo Regional, realizar las acciones administrativas correspondientes, ante las instancias pertinentes del Gobierno Nacional, para la viabilidad y aprobacion del proyecto en mencion. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como, en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los trece dias del mes de marzo del ano dos mil trece. MORDAZA EMERICO MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado 941070-1

o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, la obligatoriedad de la educacion en sus niveles inicial, primaria y secundaria, asi como la prioridad en la asignacion de recursos ordinarios se halla reconocida por los articulos 16 y 17 de la Constitucion Politica del Peru. Que, la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, en su Nonagesima MORDAZA Disposicion Complementaria, establece "... como plazas docentes organicas del Sector Educacion, a partir de la vigencia de la presente Ley, las plazas docentes y administrativas que hayan sido validadas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion y que hayan sido financiadas en los anos 2010 al 2012. Que, segun literal c) de la Directiva N° 015-2012MINEDU/SG-OGA-UPER, "Procedimientos para el MORDAZA de evaluacion, seleccion y contratacion de docentes en instituciones educativas publicas de educacion basica y tecnico ­ productiva en el periodo lectivo 2013", aprobada mediante Resolucion Jefatural N° 3675-2012-ED, precisa que "se consideran tambien para el MORDAZA las vacantes para contratos eventuales autorizados por el Decreto de Urgencia N° 006-2012 y la Ley N° 29913". Que, segun se aprecia del Informe N° 001-2013GOREMAD/DRE/COMISION, las 130 (CIENTO TREINTA) plazas validadas y financiadas mediante Ley N° 29913 y Decreto Supremo N° 202-2012-EF, carecen de financiamiento presupuestal en el presente ejercicio presupuestal 2013; por lo que, sugiere solicitar al Gobierno Regional su financiamiento por el monto presupuestal de S/. 2'331,299.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES), segun el Informe N° 0032013-GOREMAD/DRE-MDD/DGI-EF, de la Unidad de Presupuesto. Que, siendo la gestion de los servicios educativos responsabilidad y competencia compartida por el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales, es factible que el Gobierno Central autorice al Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, mediante ley expresa, la contratacion de docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo, para el presente ejercicio presupuestal 2013, en el ambito educativo de la Region MORDAZA de Dios. Que, ademas del Presidente de la Republica y los Congresistas, tienen derecho a iniciativa en la formacion de leyes, en las materias que le son propias, "...los otros poderes del Estado, las instituciones publicas autonomas, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y los colegios profesionales..."; por lo que, el proyecto de ley presentado por la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, con el Informe Legal N° 188-2013-GOREMAD/ORAJ, se enmarca dentro de lo previsto por el articulo 107 de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Consejo Regional en Sesion Ordinaria, luego del analisis y debate correspondientes, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad, ha determinado aprobar lo solicitado y hacer MORDAZA el mencionado proyecto. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. ACUERDA: Articulo Primero.- ESTABLECER, que el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, hace MORDAZA en todos sus extremos, la propuesta de Proyecto de Ley, que autoriza al Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, la contratacion de docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo, en instituciones educativas publicas e instituciones educativas de asociaciones reconocidas por el Ministerio de Educacion, en plazas validadas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion, de acuerdo al anexo del mencionado

Autorizan transferencias financieras a favor de diversas municipalidades, para la ejecucion de actividades y proyectos
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 031-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el 03 de MORDAZA del 2013. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y MORDAZA la estructura, organizacion, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organizacion democratica, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitucion y a la Ley de Bases de la Descentralizacion. Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo 15, inciso a) y articulo 39 de la precitada ley. Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a), del articulo 15 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, constituyen transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, los traspasos de fondos publicos sin contraprestacion, para la ejecucion de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino. En el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales las transferencias financieras a otro pliego presupuestario, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional o de Concejo Municipal, respectivamente, previo informe

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