Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

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29 de MORDAZA de cada ano, fecha conmemorativa de creacion oficial del MORDAZA Nacional del Manu. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA de MORDAZA, la inclusion de la presente Ordenanza en el Calendario de Festividades Regionales. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA EMERICO MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA ALDAZABAL MORDAZA Presidente Regional 941083-1

regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el Inciso a) del articulo 15 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, el articulo 38 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, es funcion especifica de los Gobiernos Regionales, en materia ambiental, "administrar en coordinacion con los Gobiernos Locales, las areas naturales protegidas comprendidas dentro de su jurisdiccion, asi como los territorios insulares", asi como "controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion", conforme lo disponen los literales j) y h) del articulo 53 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Ley N° 26311, de fecha 21 de MORDAZA de 1994, la Region MORDAZA de MORDAZA, alcanza reconocimiento nacional e internacional como Capital de la Biodiversidad, y mediante Decreto Supremo N° 0644-73-AG, de fecha 29 de MORDAZA del ano 1973, se establece el MORDAZA Nacional del MORDAZA, a su vez, declarado por la UNESCO como Reserva de la Biosfera. Que, mediante Informe N° 26-2013-GOREMADGRRNYGMA/SGANP-BC, de la Sub Gerencia de Areas Naturales Protegidas del GOREMAD, se recomienda declarar como Semana Regional del MORDAZA Nacional del MORDAZA, las fechas 22 al 29 de MORDAZA de cada ano; asimismo, declarar como feriado el 29 de MORDAZA, dia central de creacion del mismo, "para incentivar una mejor gestion de la actividad turistica en ANP...creacion de conciencia y obtencion de conocimientos acerca de la conservacion, lograr que los beneficios economicos generados por el uso del MORDAZA reviertan a este...promover las oportunidades para las poblaciones aledanas...facilitar opciones de esparcimiento...", entre otros. Que, mediante Informe Legal N° 306-2013-GOREMAD/ ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del GOREMAD, opina por la procedencia de declarar los dias 22 al 29 de MORDAZA de cada ano, como la "Semana Regional del MORDAZA Nacional del Manu" y declarar "Feriado Regional el 29 de MORDAZA de cada ano en la Region MORDAZA de MORDAZA para el Sector Publico, con motivo del dia de creacion oficial del MORDAZA Nacional del MORDAZA, en uso de las "facultades legislativas en el ambito de sus respectivas jurisdicciones", conforme a lo contemplado por los articulos 11, 13 y 15 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y se encargue a la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA de MORDAZA, la inclusion en el calendario de festividades regionales". Que, en concordancia con los informes tecnico y legal que anteceden, la Comision Agraria, Medio Ambiente, Amazonia y Comunidades Nativas del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, ha emitido el Dictamen N° 007-2013GOREMAD/CAMAAYCCNN, en sentido favorable a lo solicitado; Que, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y con el MORDAZA aprobatorio por mayoria de los Consejeros Regionales, HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- DECLARAR, oficialmente, del 22 al 29 de MORDAZA de cada ano, SEMANA REGIONAL DEL MORDAZA NACIONAL DE MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- DECLARAR, FERIADO REGIONAL en el sector publico del Departamento de MORDAZA de MORDAZA, el

Declaran de interes regional la creacion de la Autoridad Regional Ambiental de MORDAZA de MORDAZA (ARA - MDD)
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el 05 de MORDAZA del 2013; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomia politica, economica y administrativa, y tienen por mision, organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el Inciso a) del articulo 15 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, el articulo 38 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, es funcion especifica de los Gobiernos Regionales, en materia ambiental, "implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales" y "controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion", entre otros, conforme lo disponen los literales b) y h) del articulo 53 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales.

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