Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2013 (01/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013

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Que, el literal d) del articulo 53° de El Reglamento, indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, la solicitud de autorizacion para el MORDAZA circuito de manejo destinado a las practicas de manejo, presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA S.R.L. ­ E.I.HCO S.R.L., implica una variacion de uno de los contenidos del articulo 53° de la normatividad vigente, en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60° de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe N° 015-2013-MTC/15.jvp de fecha 03 de octubre de 2013, la inspectora concluye que la inspeccion ocular al circuito de practicas de manejo propuesto por La Escuela, cumple con lo establecido en el literal g) del articulo 43° del numeral 43.3 de El Reglamento; Que, estando con lo opinado en el Informe Nº 15982013-MTC/15.03.AA,ec y siendo parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELADE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA S.R.L. ­ E.I.HCO S.R.L., la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral N° 2100-2013-MTC/15, para el traslado de su circuito de manejo, al MORDAZA local ubicado en: Parcela numero 06 del Predio denominado Jancao, Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de Huanuco. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROIG Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1004510-1

Articulo 3º.- Remitir copa de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1008034-1

Autorizan a Escuela de Conductores Integrales MORDAZA S.R.L. la modificacion de terminos de autorizacion contenida en R.D. N° 2100-2013-MTC/15, para traslado de circuito de manejo
RESOLUCION DIRECTORAL N° 4170-2013-MTC/15 MORDAZA, 9 de octubre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 116717 y 138023, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA S.R.L. ­ E.I.HCO S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2100-2013MTC/15 de fecha 21 de MORDAZA de 2013, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA S.R.L. ­ E.I.HCO S.R.L., con RUC N° 20573035730 y con domicilio ubicado en: Jr. Huallayco N° 1761, (2° y 3° piso), PP. JJ. Las Moras, Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la clase A, categoria II, III y Clase B II- c, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; el curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, los cursos de Recategorizacion y reforzamiento para la Revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Parte Diario N° 116717 de fecha 15 de agosto de 2013, La Escuela solicita autorizacion para el traslado de su circuito de manejo, a un MORDAZA local ubicado en: Parcela numero 06 del Predio denominado Jancao, Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de Huanuco; Que, mediante Oficio Nº 6250-2013-MTC/15.03 de fecha 13 de setiembre de 2013, notificado el 17 de setiembre del mismo ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 138023 de fecha 21 de setiembre de 2013, La Escuela presento diversa documentacion a fin de subsanar las observaciones encontradas mediante Oficio N° 6250-2013-MTC/15.03; Que, el articulo 60º de El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento...";

VIVIENDA
Designan Director de Sistema Administrativo II (Jefe de Unidad) de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2013-VIVIENDA MORDAZA, 31 de octubre de 2013

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