Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2013 (01/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013

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Tercero. Que, el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, preve que "Las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales (...), deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicacion y/o conversion de otros organos jurisdiccionales, permanentes o transitorios, o mediante la creacion de nuevos organos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo financiamiento". Cuarto. Que la facultad de convertir y reubicar organos jurisdiccionales, asi como aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial y funcional, conforme a lo dispuesto en el 82º, inciso 25), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, y en el articulo 7º, inciso 27), del Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es una funcion que mediante ley le ha sido conferida a este Organo de Gobierno, por lo que su ejecucion y puesta en practica constituyen decisiones que se encuentran dentro de la tipica esfera de los actos de administracion. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 7062013 de la MORDAZA primera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en Sala Civil Transitoria del citado Distrito Judicial, con igual competencia que la Sala Civil Permanente. Articulo Segundo.- Establecer que el plazo de funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, sera a partir del 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2013. Articulo Tercero.- Disponer que la carga procesal de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de MORDAZA, sera asumida por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la citada sede judicial. Articulo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para que adopte las medidas administrativas en relacion a la proporcional redistribucion de la carga procesal de los organos jurisdiccionales materia de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1008669-3

Descarga Procesal, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1008669-2

Convierten Sala Penal Liquidadora Transitoria en Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 232-2013-CE-PJ MORDAZA, 16 de octubre de 2013 VISTOS: El Oficio Nº 089-2013-GO-CNDP-CE/PJ e Informe Nº 061-2013-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, y Oficio Nº 2289-2013-P-CSJCA-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal somete a consideracion de este Organo de Gobierno propuesta de conversion de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en Sala Civil Transitoria del mencionado Distrito Judicial considerando el bajo nivel de carga procesal y produccion registrados por las MORDAZA Penales Liquidadoras Permanente y Transitoria, en comparacion con la excesiva carga procesal que registra la Sala Civil Transitoria; y de esa forma establecer las medidas necesarias para coadyuvar en la mejora del servicio de imparticion de justicia en dicha materia, conforme a la problematica descrita por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe Nº 061-2013-GO-CNDPCE/PJ, mediante el cual sustenta la propuesta de conversion de la Sala Penal Liquidadora Transitoria en Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en los siguientes fundamentos: a) La Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA durante el ano 2012 tuvo un nivel de carga y produccion de 2,751 y 1,824 expedientes, respectivamente, los mismos que a MORDAZA del ano en curso fueron de 2,762 y 971, respectivamente. Esta situacion permite estimar que la carga procesal de dicho organo jurisdiccional ascendera aproximadamente a 4,200 expedientes, cifra muy superior al estandar establecido para esta especialidad de 1,500 expedientes anuales; b) Las MORDAZA Penales Liquidadoras Permanente y Transitoria de MORDAZA durante el ano 2012 registraron en promedio 657 y 157 expedientes de carga procesal y expedientes resueltos, respectivamente. Al proyectar lo registrado a MORDAZA del ano en curso, se preve que tengan una carga procesal al finalizar el ano de 486 y 360 expedientes, respectivamente, cifras que no les permitiran alcanzar el estandar anual establecido para su especialidad de 600 expedientes; c) No se justifica la existencia de dos MORDAZA Penales Liquidadoras en razon a la "subcarga" procesal de MORDAZA y aunado a que existen organos jurisdiccionales en el mismo Distrito Judicial, como la Sala Civil Permanente de MORDAZA, que se encuentran en condiciones severamente criticas. Por tal motivo, resulta conveniente que la aludida Sala Superior cuente con el apoyo de una dependencia transitoria a fin de ayudar con la descarga de expedientes principales y brindar un mejor servicio de administracion de justicia.

Disponen la reubicacion y conversion de Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, Distrito Judicial de MORDAZA, en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ilo, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 236-2013-CE-PJ MORDAZA, 16 de octubre de 2013

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