Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2013 (05/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 5 de noviembre de 2013

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6.4.3. La Direccion Ejecutiva del programa social designara a la persona o area competente para la consolidacion de la informacion requerida y su posterior remision a la DSPS. La Direccion Ejecutiva comunicara esta decision a la DSPS. 6.4.4. La unidad del programa social encargada de la supervision y monitoreo representara la contraparte tecnica para la elaboracion del Tablero de Control. Esta unidad puede reunirse con la DSPS para senalar aportes en la identificacion de los indicadores a ser publicados, enriquecer el analisis de los indicadores seleccionados, asi como facilitar el acceso a la informacion oportuna y confiable para su construccion. 6.4.5. Los programas sociales deberan remitir la totalidad de la informacion para la construccion del tablero de control en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles de culminado el trimestre evaluado. 6.4.6. En caso que en el plazo previsto en el numeral 6.4.5. no se cuente con informacion completa del trimestre respectivo de alguno(s) indicador(es), los programas sociales remitiran la MORDAZA informacion disponible a la fecha de corte para dicho(s) indicador(es). 6.4.7. La DSPS, en caso de verificar inconsistencias en la informacion enviada por el programa social, formulara las observaciones correspondientes, en un plazo no mayor de dos (02) dias habiles de remitida la informacion por el programa social. 6.4.8. Los programas sociales deberan subsanar las inconsistencias advertidas en un plazo no mayor a tres (03) dias habiles de remitidas las observaciones por la DSPS. 6.4.9. La DSPS elaborara la propuesta de Tablero de Control en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles de recibida la informacion de los programas sociales o la subsanacion de las inconsistencias advertidas. La propuesta de Tablero de Control debera validarse con el respectivo programa social, a efectos de consensuar la version final, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6.1.4 de la presente directiva. 6.5. Elaboracion de Reporte de Seguimiento 6.5.1. Con base en la evidencia mostrada en el Tablero de Control, la DSPS elaborara un reporte de seguimiento, el cual incluira la determinacion de los principales hallazgos y alertas encontradas que pudieran generar posibles riesgos en el desempeno de la(s) prestacion(es) del programa social. Estas alertas seran complementadas con recomendaciones de acciones para mejorar la calidad, eficacia, eficiencia y/o efectividad del programa social, o para realizar estudios adicionales. 6.5.2. El Reporte de Seguimiento puede considerar informacion complementaria a la publicada en el Tablero de Control. 6.5.3. La DGSE debera remitir el Reporte de Seguimiento al programa social y a los Despachos Viceministeriales del MIDIS. 6.5.4. El programa social debera analizar cada uno de los hallazgos, alertas y recomendaciones, con la participacion de sus areas tecnicas competentes, a fin de adoptar decisiones para viabilizar las recomendaciones senaladas. 6.5.5. La DSPS gestionara una reunion con cada programa social para que estos informen sobre las acciones que llevaran a cabo sobre la evidencia de las alertas y recomendaciones generadas a partir de la informacion del Tablero de Control, asi como los plazos de implementacion de dichas acciones. Dicha reunion debera realizarse en un plazo no mayor a los diez (10) dias habiles de recibido el Reporte de Seguimiento por cada programa social. 6.5.6. Las acciones programadas seran registradas en la interfaz para los gestores del Tablero de Control, para hacer seguimiento de su cumplimiento en la siguiente publicacion del Tablero de Control. VII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 7.1. Los programas sociales que aun no cuenten con la categoria de programa presupuestal con enfoque de resultados, aprobado de acuerdo con los lineamientos del Ministerio de Economia y Finanzas, acordaran con la DSPS el conjunto de indicadores a publicar en el Tablero de Control para el seguimiento de desempeno del programa, respetando los plazos establecidos en la presente directiva. 7.2. En un plazo no mayor a sesenta (60) dias calendario, contados desde la publicacion de la presente directiva, los programas sociales, en coordinacion con la

c) Estudios y Evaluaciones: Pone a disposicion publica estudios relacionados con el programa social. 6.2.2.2. En la seccion de indicadores se desarrollan las siguientes subsecciones, las cuales se basan en la informacion presentada para obtener la categoria de Programa Presupuestal con Enfoque de Resultados, aprobado de acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Economia y Finanzas: a) Resumen: Donde se evalua, a traves de un semaforo, el nivel de avance en los logros de las metas trazadas por el programa social. b) Resultado Final: Muestra los avances conseguidos en la reduccion de la brecha del objetivo de politica nacional perseguido por el programa social. c) Resultado Especifico: Muestra los avances conseguidos en los indicadores que se influyen con la prestacion del programa social, y que a su vez contribuyen al logro del resultado final. d) Producto: Muestra el avance en el conjunto articulado de bienes y/o servicios que recibe la poblacion usuaria por parte del programa social con el objetivo de generar un cambio. e) Ejecucion Presupuestal: Muestra el avance en la ejecucion del presupuesto del programa social. 6.2.2.3. Los indicadores mencionados en el numeral precedente se presentaran a manera de tablas y/o graficos y podran, segun corresponda, mostrarse a niveles desagregados geograficamente y en el tiempo. Los datos deberan ser acompanados por un breve analisis. 6.2.2.4. De acuerdo a la disponibilidad de informacion, la que debe ser sustentada por el programa social y verificada por la DSPS, podra incluirse en el Tablero de Control temas adicionales de interes, previamente consensuados entre el programa social y la DSPS. 6.2.3. La interfaz para gestores consiste en la MORDAZA de reportes de indicadores de gestion operativa provenientes de los sistemas de informacion del programa social. Para ello, la DSPS coordinara con cada programa social la seleccion de indicadores de gestion operativa, asi como las MORDAZA de informacion para la construccion de los mismos. 6.2.4. La interfaz para gestores esta disenada para el acceso de personal del MIDIS y de los programas sociales, a traves de la identificacion electronica de un usuario y contrasena. El personal que podra acceder a esta interfaz sera determinado por la DGSE, en el caso de la sede central, y por los Directores Ejecutivos, tratandose de los programas sociales. 6.2.5. La DSPS coordinara con los diferentes organos, unidades organicas y programas sociales del MIDIS la creacion de los usuarios y contrasenas respectivas. 6.3. Publicacion de los Tableros de Control 6.3.1. Los Tableros de Control seran publicados en el MORDAZA institucional del MIDIS, en la seccion de la Direccion de Seguimiento de Politicas Sociales de la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion. 6.3.2. Los Tableros de Control se publican con una periodicidad trimestral, desarrollandose cuatro (04) actualizaciones de los Tableros de Control en el ano. En el caso particular del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma se desarrollaran tres (03) actualizaciones, atendiendo a que el ano escolar empieza en el mes de marzo. 6.4. Remision de la informacion estadistica para la elaboracion de los Tableros de Control 6.4.1. Los programas sociales del MIDIS deberan otorgar a la DSPS acceso a los sistemas de informacion que contengan informacion relacionada con los indicadores contemplados en el Tablero de Control. Los indicadores calculados por la DSPS sobre la base de la informacion obtenida de los referidos sistemas de informacion, deberan ser validados por el programa social MORDAZA de su publicacion en el Tablero de Control. La DSPS no publicara informacion nominal disponible en los sistemas de informacion de los programas sociales. 6.4.2. El calculo de indicadores se realizara de acuerdo a la ficha tecnica de cada indicador, la cual es definida en el documento de diseno del Programa Presupuestal del programa social.

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