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El Peruano Martes 5 de noviembre de 2013 506479 por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; Que, según el artículo 79 de la referida Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de dicha Ley, establece como una de las funciones del Ministerio de Educación, defi nir las políticas sectoriales de personal; Que, mediante el artículo 6 de la Ley Nº 27491, Ley que establece como plazas orgánicas del Sector Educación las generadas como consecuencia del crecimiento vegetativo o por la modifi cación de planes de estudio, se derogó la Ley Nº 27257, Ley que establece las condiciones de renovación automática y contratación de los docentes en las instituciones educativas públicas y todas las demás disposiciones que se opongan a la referida Ley; Que, el artículo 76 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente; Que, de acuerdo con el artículo 77 de la mencionada Ley, el Ministerio de Educación defi ne la política sectorial de contratación docente; Que, el artículo 209 del Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013- ED, establece que el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, según el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 001-2011-ED, la contratación de personal docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva, se lleva a cabo en estricto orden de méritos, mediante el desarrollo de una Prueba Única Regional, atendiendo a los principios de calidad y capacidad profesional, que se elabora de acuerdo a la matriz diseñada por el Ministerio de Educación: entidad que verifi cará que la mencionada prueba cumpla con los niveles de exigencia que aseguren su idoneidad; Que, el artículo 2 del mencionado Decreto Supremo, dispone que la Unidad de Personal de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación, emitirá anualmente la Directiva para Contratación de Personal Docente, la que es de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas del Sector Educación; Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la Norma Técnica para contratación de docentes, mediante Resolución Jefatural, a fi n de asegurar que el primer día del año escolar 2014, todas las instituciones educativas públicas del país cuenten con sus respectivos profesores; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Decreto Supremo Nº 004-2013- ED que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29944; el Decreto Supremo Nº 001-2011-ED, que establece normas para la contratación de personal docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva; y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Normas y Procedimientos para el Concurso Público de Contratación de Docentes en Instituciones Educativas y Programas Educativos Públicos de Educación Básica y Técnico – Productiva para el periodo lectivo 2014”, la misma que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que lo dispuesto mediante la presente Resolución Jefatural es de observancia y cumplimiento obligatorio en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada señaladas en los incisos a), b) y c) del artículo 65 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación. Artículo 3.- Establecer como fecha de aplicación de la “Prueba Única Regional para Contratación Docente” el día 19 de enero de 2014, a partir de las 9:00 horas, en los lugares y locales determinados por las Direcciones Regionales de Educación. Artículo 4.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Jefatural y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE MEJIA ZULOETA Jefe de la Unidad de Personal 1009423-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Polonia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0922/RE-2013 Lima, 31 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP-19) se llevará a cabo en la ciudad de Varsovia, República de Polonia, del 11 al 22 de noviembre de 2013; Que, en paralelo a la referida Conferencia se realizarán la Novena Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto; la Trigésimo Novena Reunión del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científi co y Tecnológico (SBSTA-39); la Trigésimo Novena Reunión del Órgano Subsidiario de Ejecución (SBI-39), así como la Tercera Parte de la Segunda Sesión del Grupo Especial sobre el Grupo de Trabajo Especial sobre la Plataforma de Durban para una acción reforzada; Que, previo al inicio de las reuniones de la COP-19, se realizará en la ciudad antes señalada, del 9 al 10 de noviembre de 2013, la reunión del Grupo de los 77 y China, con el fi n de articular posiciones comunes hacia la COP-19; Que, la COP-19 será un espacio para realizar consultas bilaterales y de aproximación a los diversos Grupos Regionales, a fi n de preparar las iniciativas de la presidencia de la República del Perú en la COP-20, a realizarse en la ciudad de Lima, en diciembre de 2014; Que, en consecuencia, es necesario contar con un equipo negociador que pueda cubrir las diversas reuniones que se producirán de manera simultánea; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 6271, del Despacho Viceministerial, de 28 de octubre de 2013; y los Memoranda (DGM) N° DGM1015/2013, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 24 de octubre de 2013; y (OPR) N° OPR0522/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 29 de octubre de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Varsovia, República de Polonia, para que participen en la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 19) y en las reuniones de los demás órganos de la citada Convención: • Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Rómulo Fernando Acurio Traverso, Director de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos