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El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013 507037 viabilidad de concretar la convocatoria a concurso público en mérito a las plazas declaradas vacantes. Además recomienda que se conforme una Comisión encargada de llevar a cabo el Concurso Público destinado a cubrir las plazas vacantes de conformidad con la normativa legal vigente; Que, con Memorando N° 302-2013-INGEMMET/OA del 15 de octubre de 2013, la Ofi cina de Administración manifi esta a la Secretaría General, que hace suyo lo informado por la Unidad de Personal y remite adjunto el citado informe con la fi nalidad que se continúe con el trámite de aprobación respectivo; Que, mediante Informe N° 190-2013-INGEMMET/SG- OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto manifi esta a la Secretaría General, entre otros aspectos que, las plazas vacantes contempladas en el CAP y generadas durante el período 2011 y 2012 ante las renuncias formuladas por servidores CAP, cumplen con el requerimiento formulado por la Unidad de Personal de la Ofi cina de Administración para la cobertura de seis (06) plazas CAP vacantes según detalle adjunto a dicho informe; en concordancia con la disponibilidad presupuestal que permitirá viabilizar la convocatoria de plazas CAP requeridas, de acuerdo al Presupuesto Analítico de Personal (PAP), contándose con los recursos necesarios para cubrir los gastos de ejecución de planillas, que generaría la incorporación de seis (06) nuevos servidores CAP conforme al detalle señalado en dicho informe (fondos públicos en el Grupo Genérico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales para el año fi scal 2013). Concluyendo que en mérito al numeral 2 de la Segunda Disposición Transitoria del TUO de la Ley Nº 28411 — Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, opina favorablemente para el proceso de convocatoria de las plazas CAP a desarrollarse en el presente ejercicio 2013; Que, mediante Informe N° 328-2013-INGEMMET/ SG-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica manifi esta a la Secretaría General que en mérito a lo informado por la Unidad de Personal, las Ofi cinas de Administración y Planifi cación y Presupuesto y de conformidad con la normativa legal presupuestal vigente esta Ofi cina no encuentra observación legal alguna opinando favorablemente para que se viabilice la convocatoria pública para la cobertura de las plazas CAP vacantes presupuestadas; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en su literal f) del Artículo 8° (Medidas en Materia de Personal) prescribe: “f) La contratación para el remplazo por cese, ascenso o promoción del personal, o para la suplencia temporal de los servidores del sector público. En el caso de los reemplazos por cese del personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del año 2011, debiéndose tomar en cuenta que el ingreso a la administración pública se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos. En el caso de suplencia de personal, una vez fi nalizada la labor para la cual fue contratada la persona, los contratos respectivos quedan resueltos automáticamente”; Que, de la disposición antes glosada se establece que en el caso de los reemplazos por cese de personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del año 2011, debiéndose tomar en cuenta que el ingreso a la administración pública se efectúe necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos; Que, para la aplicación del caso de excepción antes citado es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el CAP y registrados en el aplicativo informático para el Registro Centralizado de Presupuesto de Personal del Sector Público regulado por la Directiva N° 001-2009-EF/76.01 “Directiva para el uso del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de Recursos Humanos del Sector Público”, aprobado por Resolución Directoral N° 016-2009-EF/76.01 y que cuenten con la respectiva certifi cación presupuestal; Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Transitoria del TUO de la Ley Nº 28411 — Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, establece que la cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, se autoriza previa opinión favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces y, en su caso, de la unidad ejecutora respectiva, que garantice la existencia de los fondos públicos en el Grupo Genérico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, para el periodo que dure el contrato y la relación laboral; Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2013- EM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y mediante Resolución de Presidencia N° 146- 2013-INGEMMET/PCD se aprobó el Reordenamiento de Cargos del CAP; Que, los procesos de selección del Estado, además de garantizar la idoneidad de la persona que ocupe un puesto en el Estado, también deben garantizar la participación transparente y en igualdad de condiciones respetando el principio de imparcialidad y en régimen de igualdad de oportunidades conforme lo señala la Ley Marco del Empleo Público; Que, la Ley Marco del Empleo Público – Ley N° 28175, dispone que el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, por grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidades de las personas, siendo requisito previo para ello la existencia e identifi cación de un puesto de trabajo presupuestado en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y Presupuesto Analítico de Personal – PAP; Que, los puestos mencionados en precedencia no sólo se hallan identifi cados en el CAP y PAP de la entidad, sino que se encuentran vacantes y cuentan con fi nanciamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo Genérico de Gasto 2.1. “Personal y Obligaciones Sociales”, de acuerdo a la opinión técnica favorable expedida por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la entidad; Que, en consecuencia a fi n de no afectar el normal desenvolvimiento de las unidades orgánicas, resulta de imperiosa necesidad autorizar la Convocatoria a Concurso Público de Méritos de las plazas vacantes conforme con el Cuadro Analítico de Personal, Presupuesto Analítico de Personal y Manual de Organización y Funciones, y a su vez, designar a los integrantes de la Comisión del citado Concurso Público; De conformidad con la Ley Marco del Empleo Público – Ley N° 28175, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 – Ley N° 29951, y en uso de las atribuciones previstas por el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET aprobado por Decreto Supremo N°035- 2007-EM; y, Con el visto bueno de la Secretaría General y de los Directores de las Ofi cinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Personal; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para cubrir las plazas vacantes de personal CAP de conformidad con la parte considerativa de la presente Resolución, según siguiente detalle: Nº Orden (CAP) UNIDAD ORGANICA MODALIDAD CONTRACTUAL CARGO ESTRUC- TURAL NIVEL 016 Unidad de Administración Documentaria y Archivo CAP – Plazo Indeterminado Ingeniero P1 076 Dirección de Recursos Minerales y Energéticos CAP – Plazo Indeterminado Ingeniero P3 070 Dirección de Recursos Minerales y Energéticos CAP – Plazo Indeterminado Director D3 083 Dirección de Laboratorios CAP-Plazo Indeterminado Ingeniero P2 056 Dirección de Geología Regional CAP-Plazo Indeterminado Ingeniero P2 084 Dirección de Laboratorios CAP-Plazo Indeterminado Ingeniero P2 Artículo 2°.- DESIGNAR la Comisión encargada de llevar adelante el desarrollo del Concurso Público de Méritos autorizado en el artículo primero de la presente Resolución, la cual estará conformada por los siguientes funcionarios: