Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2013 (15/11/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

507134
Reglamento de Transmision, el COES publico en su MORDAZA de Internet, a partir del 08 de MORDAZA de 2012, la version preliminar de la Actualizacion del Plan de Transmision 2013 ­ 2022 y el 04 de MORDAZA de 2012 realizo una Audiencia Publica Descentralizada simultaneamente en la ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, con el fin de exponer su propuesta y dar respuesta a las observaciones y comentarios recibidos de parte de los interesados y de los asistentes a la Audiencia Publica; Que, continuando con el MORDAZA de elaboracion establecido en el Reglamento de Transmision, mediante las comunicaciones COES/D-295-2012 y COES/D-2962012 del 1 de junio de 2012, el COES presento al Ministerio de Energia y Minas y a OSINERGMIN, respectivamente, la Propuesta de Actualizacion del Plan de Transmision 2013 ­ 2022; Que, por su parte OSINERGMIN, luego de la revision correspondiente y de acuerdo con lo senalado en el numeral 17.3 del Reglamento de Transmision, mediante Oficio Nº 0487-2012-GART del 16 de MORDAZA de 2012 hizo llegar al COES sus observaciones debidamente fundamentadas a la Propuesta de Actualizacion del Plan de Transmision 2013 ­ 2022; Que, mediante las comunicaciones COES/D-454-2012 y COES/D-455-2012 del 13 de setiembre de 2012, el COES presento al Ministerio de Energia y Minas y a OSINERGMIN, respectivamente, la subsanacion de las observaciones formuladas por este ultimo, asi como el Informe COES/DP01-2012 con la Propuesta Definitiva de Actualizacion del Plan de Transmision 2013 ­ 2022; Que, sobre la base de la informacion presentada y luego de la revision correspondiente, mediante el Oficio Nº 0747-2012-GART del 15 de octubre de 2012, OSINERGMIN entrego al Ministerio de Energia y Minas su opinion sustentada respecto a la Propuesta Definitiva de Actualizacion del Plan de Transmision 2013 ­ 2022 presentada por el COES; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 583-2012MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de enero de 2013, el Ministerio de Energia y Minas aprobo el Plan de Transmision 2013 ­ 2022 el cual incluye, dentro de los Proyectos Vinculantes, la Primera Etapa de la Subestacion Carapongo; Que, conforme a lo establecido en el articulo 2 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 2 de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, el Servicio Publico de Electricidad es de utilidad publica, por lo que es de interes publico y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y eficiente del suministro electrico para el Servicio Publico de Electricidad; En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos a), b) y c) del articulo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; y en el inciso h) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Encargar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION), la conduccion del MORDAZA de licitacion necesario, hasta la adjudicacion de la Buena Pro, del Proyecto "Primera Etapa de la Subestacion Carapongo y Enlaces de Conexion a Lineas Asociadas". Articulo 2.- La Direccion General de Electricidad proporcionara a PROINVERSION la informacion que esta Entidad considere pertinente, a efectos de ejecutar el encargo contenido en el articulo anterior. PROINVERSION efectuara las coordinaciones necesarias con la Direccion General de Electricidad para el debido cumplimiento de los numerales 21.2 y 21.3 del articulo 21 del Reglamento de Transmision. Articulo 3.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013

Otorgan concesion temporal a favor de Cementos Pacasmayo S.A.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de futura Central Eolica Don Lucho, en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 506-2013-MEM/DM
MORDAZA, 13 de noviembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 27327613 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica Don Lucho, presentado por CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11076338 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2266254 de fecha 05 de febrero de 2013, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica Don Lucho, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 693-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar concesion temporal a favor de CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., que se identificara con el codigo Nº 27327613, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica Don Lucho, para una capacidad instalada estimada de 30 MW, los cuales se realizaran en el distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):
VERTICE A B C D ESTE 524 255 517 255 517 255 524 255 NORTE 9 351 369 9 351 369 9 347 022 9 344 855

1014007-1

Articulo 3.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.