Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2013 (23/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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LA REGION ICA" cuya denominacion abreviada es "COREVOL", como organo consultivo y funcional que tiene por finalidad concertar politicas de promocion y desarrollo del voluntariado en el ambito de la Region Ica, en coordinacion con los Gobiernos Locales y las organizaciones activas del voluntariado, quienes participaran en la formulacion de los planes multianuales de desarrollo regional, y los presupuestos de inversion regional. Articulo Segundo.- APROBAR que el "CONSEJO REGIONAL DEL VOLUNTARIADO DE LA REGION ICA" COREVOL-ICA, estara conformada por los siguientes representantes: - El Presidente Regional del GORE-ICA, o su representante, quien lo presidira. - El Gerente Regional de Desarrollo Social quien asumira la Secretaria Tecnica. - El Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. - El Director Regional de Educacion de Ica o su representante, en su condicion de miembro. - El Director Regional de Salud de Ica o su representante, en su condicion de miembro. - El Director Regional de Trabajo de Ica o su representante, en su condicion de miembro. - Un Representante del Centro de Emergencia Mujer. - El Defensor del Pueblo o el que hiciere sus veces en Ica, en su condicion de miembro. - Un representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. - Dos representantes del Grupo Impulsor del Voluntariado de la Region Ica. - Un representante de la MORDAZA Roja. - Un representante de Defensa Civil. POR TANTO:

El Peruano Sabado 23 de noviembre de 2013

Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Ica

1018048-1

Institucionalizan la "Condecoracion Orden al Merito de la Mujer Iquena" y el "Otorgamiento de la Medalla Regional en Honor a MORDAZA MORDAZA de Pecho"
ORDENANZA REGIONAL Nº 0010-2013-GORE-ICA
Ica, 1 de octubre de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de Setiembre del 2013, vista la propuesta de Ordenanza Regional recaida en el Dictamen Nº 001-2013-/CDSLCP/CRI, de la Comision de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza del Consejo Regional de Ica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los articulos 11º y 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Regional es un organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en tal virtud es atribucion de este ventilar y regular su funcionamiento; Que, el articulo 2º, literales 1 y 2 de la Constitucion, establecen que toda persona tiene derecho a la MORDAZA e integridad moral, psiquica, fisica y a su libre desarrollo y bienestar, la igualdad ante la ley, por lo que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza o sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole; Que, la Ley 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, en su articulo 8º, establece entre los principios rectores de las politicas y la gestion regional, el de la Inclusion, referido a que el Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales que buscan promover los derechos de los grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion; Que, la Declaracion de las Metas del Milenio, prioriza ocho objetivos del desarrollo interconectados en una agenda global, a los cuales se les denomina Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) que comprometen a los estados a tomar nuevas medidas en la lucha contra la pobreza; el ODM Nº 03 es promover la igualdad entre los generos y la autonomia de la mujer, los principales desafios son la transversalizacion de la prospectiva de genero, la salud de la mujer con enfasis en su salud sexual y reproductiva, empleo, educacion de la mujer y el empoderamiento en la politica del pais; Que, la Plataforma de Accion sobre la Mujer (15-SET1995), aborda 12 esferas de atencion especial para el adelanto de las Mujeres. BEIJING, reitera la necesidad de crear mecanismos nacionales para la integracion de la prospectiva de genero en las politicas, programas, proyectos de Estado, legislacion y en las estrategias de intervencion con la participacion de la sociedad civil y la cooperacion internacional; Que, el Consenso de MORDAZA (08-FEB-2000), insta a los Estados a reorientar las politicas publicas colocando la equidad social y de genero en el centro de las preocupaciones gubernamentales, y a fortalecer los mecanismos institucionales para la promocion de la mujer y la igualdad de oportunidades. Los paises se comprometen a corregir las desigualdades y garantizar los derechos humanos de las mujeres y ninas; Que, la Ley Nº 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres, la misma que genero el MORDAZA normativo a efectos que los diversos estamentos y reparticiones del estado disenen y ejecuten

Articulo Tercero.- DETERMINAR que las funciones del "CONSEJO REGIONAL DEL VOLUNTARIADO DE LA REGION ICA" COREVOL-ICA, son las siguientes:
a. Formular y aprobar politicas y planes regionales para la promocion, reconocimiento y facilitacion de la labor del voluntariado en el ambito regional, articulados al plan regional de desarrollo concertado. b. Establecer y difundir mecanismos de promocion del voluntariado en el ambito regional. c. Promover acciones para el reconocimiento de los voluntarios y de las organizaciones que lo desarrollan. d. Promover la asistencia tecnica, programas formativos y otras acciones de fortalecimiento de capacidades a los voluntarios en el ambito de la region.

Articulo Cuarto.- APROBAR la creacion del "REGISTRO REGIONAL DEL VOLUNTARIADO DE LA REGION ICA", abreviadamente "REGVOL-ICA" lo cual estara a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del GORE-ICA, instancia donde las personas naturales y juridicas que desarrollen actividades de voluntariado MORDAZA registradas y reconocidas como tales. Articulo Quinto.- DETERMINAR que los Recursos del "CONSEJO REGIONAL DEL VOLUNTARIADO DE LA REGION ICA" COREVOL-ICA, son los siguientes:
a. Las donaciones, legados y contribuciones de toda clase de personas naturales y juridicas, tanto nacionales como extranjeras, y de organizaciones internacionales. b. Los aportes del tesoro publico asignados en cada ejercicio fiscal de manera expresa. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, formule el Reglamento de la presente Ordenanza Regional, en un plazo de 30 dias calendarios a partir de su promulgacion. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion y a la Secretaria General del Gobierno Regional de Ica, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario El Peruano, asi como en el Diario de mayor circulacion de la Region, y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Ica. Comuniquese al senor Presidente Regional de Ica para su promulgacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica

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