Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2013 (04/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Articulo 2.- Encargar el Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusion Social a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, a partir del 4 de octubre de 2013 y en tanto dure la ausencia de su titular. Articulo 3.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 996929-3

El Peruano Viernes 4 de octubre de 2013

Modifican Directiva Nº 001-2010PCM/SGP , Lineamientos para la implementacion del MORDAZA de Transparencia Estandar en las Entidades de la Administracion Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 252-2013-PCM MORDAZA, 2 de octubre de 2013 VISTO: El informe N° 13-2013-PCM-SGP/AEPC de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM se modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; al haberse identificado la necesidad de mejorar el MORDAZA normativo que regula el ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia activas de las entidades del Estado; Que, la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica, aprobada por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM establece como uno de sus ejes transversales al Gobierno Abierto que implica un Estado transparente y accesible a los ciudadanos, fomenta la participacion ciudadana, la integridad publica y rinde cuentas de su desempeno; Que, el Plan de Accion de Gobierno Abierto aprobado por Resolucion Ministerial N° 085-2012-PCM, establece como uno de sus compromisos la revision de la normativa en materia de transparencia y acceso a la informacion, a fin de mejorar la transparencia en la gestion publica; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establece en su articulo 1 que esta tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la informacion publica consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos 5 y 25 del citado Texto Unico Ordenado senalan que las entidades de la Administracion Publica tienen la obligacion de publicar trimestralmente en sus portales institucionales la informacion sobre su organizacion, procedimientos, MORDAZA legal, disposiciones y comunicados emitidos, informacion presupuestal, informacion sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, actividades oficiales, informacion de personal, indicadores de desempeno e informacion adicional que la entidad considere pertinente; Que, el articulo 8 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, sustituido por el articulo 2° del Decreto Supremo N° 0702013-PCM, establece que la actualizacion del MORDAZA de Transparencia debera realizarse al menos una vez al mes, salvo los casos en que la Ley hubiera establecido plazos diferentes;

Que, en virtud del MORDAZA de MORDAZA publicidad establecido en el articulo 3 del mencionado Texto Unico Ordenado, los plazos de publicacion de la informacion a los que se refieren los articulos MORDAZA indicados constituyen plazos maximos de publicacion, por lo que las entidades de la Administracion Publica pueden publicar su informacion en plazos menores a los senalados, a fin de brindar a los ciudadanos una oportuna informacion sobre su gestion; Que, mediante Decreto Supremo N° 063-2010-PCM se aprobo la implementacion del MORDAZA de Transparencia Estandar, el cual contiene formatos estandares bajos los cuales cada entidad registrara y actualizara su informacion de gestion de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y en los plazos establecidos en MORDAZA, sin perjuicio de la informacion adicional que la entidad considere pertinente publicar; Que, el articulo 3 del citado Decreto Supremo establece que para el oportuno cumplimiento de la actualizacion de la informacion en el MORDAZA de Transparencia Estandar, cada unidad organica responsable del procesamiento de la informacion, segun sea el caso, debera designar un coordinador que tendra relacion directa con el funcionario responsable designado por la entidad para actualizar el MORDAZA de Transparencia. Asimismo, dispone que la actualizacion de la informacion de transparencia de cada entidad de la Administracion Publica se realizara a traves del MORDAZA del Estado Peruano administrado por la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros, informacion que automaticamente se visualizara en sus respectivos portales institucionales en su enlace de transparencia; Que, el articulo 4 del Decreto Supremo N° 063-2010PCM, dispone aplicar el criterio de interoperabilidad de los sistemas informaticos para obtener la informacion de las bases de datos donde se encuentra la informacion que debe ser publicada en los Portales de Transparencia Estandar; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 200-2010PCM se aprobo la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP, que establece los lineamientos para la implementacion del MORDAZA de Transparencia Estandar en las entidades de la Administracion Publica, senalando la informacion que se debe publicar en dicho MORDAZA y los procedimientos de transmision de informacion para su respectiva actualizacion; Que, se ha advertido la necesidad de que en la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP se precise en algunos casos la informacion que se debe publicar en los Portales de Transparencia Estandar para permitir una adecuada labor de los funcionarios responsables de actualizar dicha informacion. Que, se han observado dificultades en la transmision de la informacion de presupuesto, contrataciones y de personal de las entidades de la Administracion Publica, que realizan los sistemas informaticos administrados por el Ministerio de Economia y Finanzas -MEF-, el Organismo Superior de Contrataciones del Estado -OSCE- y el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo -MTPE, respectivamente, a la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica -ONGEI- para actualizar dicha informacion en el referido MORDAZA, los cuales se encuentran regulados en los articulos 13 y 14 de la Directiva N° 012010-PCM/SGP. En esa medida, es necesario que dichos procedimientos se realicen reduciendo tiempos y errores para garantizar la calidad de la informacion y maximizar el MORDAZA de publicidad; Que, actualmente la tecnologia permite que la publicacion de la informacion de presupuesto y de contrataciones de las entidades de la Administracion Publica en el MORDAZA de Transparencia Estandar se realice a traves de consultas directas a los sistemas informaticos administrados por el MEF y el OSCE. De igual manera, permite a las Oficinas de Recursos Humanos o sus equivalentes de las entidades de la Administracion Publica, que cuentan con sistemas informaticos de gestion de personal, remitir la informacion de su personal a traves de la web, a fin de que la informacion se publique en forma adecuada y en menor tiempo en el MORDAZA de Transparencia Estandar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley

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