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El Peruano Viernes 4 de octubre de 2013 504275 de la Licitación acotada, y de lo establecido en el literal a) del numeral 4.2 del Contrato de Concesión a ser fi rmado por las partes; indicando los documentos que el concedente (MTC) debe proporcionar a la fecha de cierre; entre ellos, la Resolución Ministerial de otorgamiento de concesión; Que, el numeral 13.2.1 del Título “Procedimiento de Cierre”1, del Texto Único Ordenado de Bases de la Licitación Pública Especial para la Ejecución del Proceso: “Concesión Única para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Dos Bloques de las Bandas 1 710-1 770 MHz y 2 110-2 170 MHz a nivel nacional”, en adelante las Bases de la Licitación, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones expedirá la Resolución Directoral de asignación del espectro radioeléctrico que se derive de la presente Licitación en favor de las Sociedades Concesionarias2 y la Resolución Ministerial que otorga las concesiones para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, de ser el caso; Que, el cuarto párrafo del artículo 159º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que “Tratándose de concurso público para el otorgamiento de concesión única y la asignación de espectro, deberá emitirse la resolución ministerial que otorga la concesión única, aún cuando el adjudicatario cuente con anterior concesión, y la resolución directoral que otorgue el derecho de uso del espectro asignado, respectivamente; conforme a los términos y condiciones que rigieron el concurso público”; Que, mediante Informe Nº 1410-2013-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, opina que corresponde otorgar a favor de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio Público de Comunicaciones Personales (PCS); Que, mediante Informe N° 1799-2013-MTC/08, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, el Texto Único Ordenado de Bases de la Licitación Pública Especial para la Ejecución del Proceso “Concesión Única para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Dos Bloques de las Bandas 1 710 - 1 770 MHz y 2 110 - 2 170 MHz, a nivel nacional”; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio Público de Comunicaciones Personales (PCS). Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintidós (22) cláusulas y ocho (08) anexos y que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN