Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2013 (06/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

504452
CONSIDERANDOS 1. La causal de suspension en el ejercicio del cargo, por mandato de detencion, recaida sobre autoridades regionales y municipales elegidas por MORDAZA popular, tiene por finalidad cautelar el buen funcionamiento de los organos de gobierno subnacionales. Ello porque si la autoridad se encuentra detenida o en la clandestinidad no podra ejercer funciones propias de su cargo. 2. Asi, a nivel municipal, esta causal encuentra su regulacion en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, especificamente en el articulo 25, numeral 5, en cuya normativa se establece que basta que el mandato de detencion se encuentre vigente para que proceda la suspension contra el MORDAZA o regidor. Sobre el particular, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha considerado que basta que el mandato de detencion MORDAZA sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspension del ejercicio del cargo, no siendo determinante que el mandato se encuentre firme o no. Esto ya ha sido expuesto en las Resoluciones Nº 920 -2012-JNE, Nº 1077-2012-JNE, Nº 931-2012-JNE, Nº 932-2012-JNE, Nº 928-2012-JNE, Nº 1129-2012-JNE, entre otras, en las que este organo electoral ha valorado que el mandato de detencion sea actual y que MORDAZA sido ordenado de manera oportuna por el organo jurisdiccional competente. 3. Se debe mencionar que contra el acuerdo de concejo en el que se plasma la decision de la sesion extraordinaria, de fecha 18 de MORDAZA de 2013, de suspender a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Jequetepeque no se ha interpuesto recurso impugnatorio alguno, situacion que ha sido informada por el gerente de dicho municipio, quien, mediante el Oficio Nº 095-2013-MDJ-GM, senala que el acuerdo de concejo habria quedado consentido. 4. Respecto de la situacion juridica del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, se aprecia de autos que se encuentra bajo la medida de prision preventiva, situacion juridica que ha sido dispuesta por el Juzgado Penal de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Pacasmayo de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, medida de coercion que fue confirmada por la MORDAZA Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. 5. No obstante los defectos formales en los que se ha incurrido durante la tramitacion del procedimiento de suspension, no puede desconocerse la existencia de un mandato de detencion vigente, MORDAZA si el propio organo jurisdiccional ha comunicado directamente a este organo colegiado la resolucion jurisdiccional que dispone la prision preventiva del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda. La regulacion procedimental de la suspension de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legitima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestion municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del MORDAZA o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. Atendiendo a ello, resultaria inoficioso que se declare la nulidad de un acuerdo de concejo, toda vez que el resultado que se obtendria seria el mismo, ya que la cuestion se circunscribe a dar cumplimiento a lo dispuesto por una resolucion judicial emitida por el juez penal. Por tales motivos, tomando en consideracion que el articulo 14, subnumeral 14.2.3, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes y que ameritan ser conservados, como aquellos cuya realizacion correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decision final en aspectos importantes; y en aras de optimizar los principios de economia y celeridad procesales, este organo colegiado considera que debe disponerse la suspension del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda. 6. En ese contexto, al existir un mandato de detencion vigente, y en aplicacion del articulo 25, numeral 3, de la LOM, corresponde suspender provisionalmente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Jequetepeque. En ese sentido, conforme lo dispone el articulo 24 de la LOM,

El Peruano MORDAZA 6 de octubre de 2013

que establece que al burgomaestre lo reemplaza la MORDAZA alcaldesa, que es la primera regidora habil que sigue en su propia lista electoral, corresponde convocar a Deysi Jacquelin MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 43985941, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Jequetepeque, mientras se resuelva la situacion juridica de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda. Asimismo, para completar el numero de regidores corresponde convocar a Deyssy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 45653627, candidata no proclamada de la organizacion politica Fonavistas del Peru, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Jequetepeque. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de suspension de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Jequetepeque, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Jequetepeque. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Deysi Jacquelin MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 43985941, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Jequetepeque, otorgandosele la credencial respectiva. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a Deyssy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 45653627, candidata no proclamada de la organizacion politica Fonavistas del Peru, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Jequetepeque, otorgandosele la credencial respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 997551-1

Restablecen la vigencia de la credencial otorgada a MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Satipo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 859-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0766 SATIPO - MORDAZA MORDAZA, dieciseis de setiembre de dos mil trece VISTO el escrito presentado por MORDAZA MORDAZA Merea MORDAZA, de fecha 22 de agosto de 2013, por el cual solicita el restablecimiento de credenciales de MORDAZA de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.