Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2013 (13/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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representante es su Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA MAYHUASCA HUAMAN. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 999125-1

El Peruano MORDAZA 13 de octubre de 2013

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALLASCA - MORDAZA
Delegan al Gerente Municipal las funciones en materia presupuestal correspondiente al ejercicio fiscal 2013
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 046-A- 2013- MPP-C. MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALLASCA ­ CABANA. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es una Institucion de Derecho Publico con autonomia economica y administrativa como lo regula la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, la constitucion Politica del Peru, en aplicacion de los Articulos 191º, 192º y 193º, relacionados a los Gobiernos locales, afianzando asi el MORDAZA de descentralizacion, contribuyendo al desarrollo integral de la Region, mediante la iniciativa del regimen Municipal, por su independencia de resolver sobre asuntos que son de su competencia; Que, el articulo 7º, numeral 7.1, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, prescribe que el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva y que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, el articulo 40º, numerales 40.1 y 40.2, del citado TUO de la Ley General del Sistema Nacional

de Presupuesto, Ley Nº 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico, las habilitaciones y las anulaciones que varien los creditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programatica, y que dichas modificaciones son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, asi como, que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, faculta al Titular de la Entidad delegar, mediante resolucion, la autoridad que la presente MORDAZA le otorga en materia de contrataciones del Estado; dejando MORDAZA que no puede ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que establezcan en el Reglamento. Que, el numeral 20 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribucion del MORDAZA delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal; Que, estando a lo dispuesto por el Art. 20º numeral 20) de la ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con la ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DELEGAR en el GERENTE MUNICIPAL Ing. MORDAZA FERNADO MORDAZA PINILLOS, las funciones en materia presupuestal correspondiente al ejercicio fiscal 2013, teniendo la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que compete al Despacho de Alcaldia en materia presupuestal, y demas actos administrativos presupuestales correspondientes, asi como las facultades en materia de contrataciones del Estado, conforme a las normas MORDAZA glosadas. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento estricto del contenido de la misma, en coordinacion con la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, segun corresponda. Articulo Tercero.- PUBLIQUESE la Presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo establece la ley y NOTIFIQUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto y demas areas competentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 999064-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. 4. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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