Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2013 (13/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA 13 de octubre de 2013

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reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza N° 208-MDLM, modificada por Ordenanza N° 240-MDLM, se MORDAZA el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de La MORDAZA, Que, el objeto de la citada ordenanza es normar, regular y fiscalizar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores motorizados de tres (03) ruedas en el sector de influencia del Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de La MORDAZA, asi como aplicar sanciones por infraccion a la mencionada Ordenanza, optimizando la calidad del servicio y la seguridad a favor de los usuarios y residentes del sector; Que, la Sexta Disposicion Complementaria Transitoria, Derogatoria y Final de la Ordenanza N° 208-MDLM faculto al senor MORDAZA del Distrito de La MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe el MORDAZA Formato de Papeleta de Infraccion, y dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza; Que, mediante Memorando N° 024-2013-MDLM-GFA, la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa considero que en el presente Decreto de Alcaldia se incluya un articulo adicional que senale lo siguiente: "El procedimiento administrativo sancionador, que se inicie en cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza N° 208MDLM y su modificatoria, sera regulado conforme lo establece la Ordenanza N° 200-MDLM que establece el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas". Que, la Sexta Disposicion Complementaria Transitoria, Derogatoria y Final de la Ordenanza N° 208-MDLM faculto al senor MORDAZA del distrito de La MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe el MORDAZA Formato de Papeleta de Infraccion, y dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza, por lo que corresponde aprobar el Formato de Papeleta de Infraccion y se incluya lo indicado por la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa, conforme al parrafo precedente, a fin de complementar lo dispuesto en la Ordenanza N° 208-MDLM y su modificatoria; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el numeral 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Formato de Papeleta de Infraccion que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza N° 208-MDLM, que regula el servicio de transporte publico especial de pasajeros de vehiculos menores en el Asentamiento Humano Vina Alta del Distrito de La Molina. Articulo Segundo.- DISPONER que el procedimiento administrativo sancionador, que se inicie en cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza N° 208MDLM modificada por Ordenanza N° 240-MDLM, sera regulado conforme lo dispone la Ordenanza N° 200-MDLM que establece el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de La Molina. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Transporte y MORDAZA, y Subgerencia de Control y Sanciones, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano; a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, la publicacion del presente Decreto y su Anexo en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe; en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA

Articulo 7º.- De la Publicacion DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion estara cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Disposicion complementaria unica.El Gobierno Regional definira el regimen sancionatorio para el incumplimiento de este mandato por las instancias y por el funcionariado de su jurisdiccion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los tres dias del mes de octubre del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 999141-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban el Formato de Papeleta de Infraccion
DECRETO DE ALCALDIA N° 020-2013 La MORDAZA, 4 de octubre de 2013 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: el Informe N° 053-2013-MDLM-GSC-SGTT de la Subgerencia de Transporte y Transito; Memorando N° 024-2013-MDLM-GFA de la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa y el Informe N° 269-2013-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando que la autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, dispone que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldia; Que, el Articulo 42° del mismo cuerpo legal senala que, los Decretos de Alcaldia establecen normas

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