Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2013 (19/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Sabado 19 de octubre de 2013

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empresa denominada ASOCIACION CIVIL ESCUELA DE CONDUCTORES MAX 5 ­ ESCOMAX, con RUC N° 20563844214 y con domicilio ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA N° 625, Oficinas 401, 402, 403, 406 y piso 5° (parcial), Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA de los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la Clase A Categorias II, III y de la Clase B Categoria II-c, asi como los Cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto, el Curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la Clase A Categorias II y III; Que, mediante Parte Diario N° 114144 de fecha 10 de agosto de 2013, La Escuela solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I, en su sede ubicada en el Departamento de Cusco; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de la clase A categorias II, III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el numeral 66.4 de El Reglamento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando con lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 1478-2013MTC/15.03.AA.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ASOCIACION CIVIL ESCUELA DE CONDUCTORES MAX 5 ­ ESCOMAX, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en el local, en el horario, con los Instructores y con los vehiculos autorizados mediante Resolucion Directoral N° 1990-2013-MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de La Escuela, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1000406-1

VIVIENDA
Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION MINISTERIAL N° 265-2013-VIVIENDA MORDAZA, 18 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, establece que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligada a remitir al Programa RedCil Proempleo, actualmente denominado Servicio Nacional del Empleo, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar, con diez (10) dias habiles de anticipacion al inicio del concurso de los puestos de trabajo vacantes a ofertar, para lo cual designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante resolucion del titular de la entidad, publicada en el Diario Oficial el Peruano; Que, de acuerdo al articulo 8° la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminacion progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057, y otorga derechos laborales, el acceso al regimen de Contratacion Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso publico, efectuandose la convocatoria a traves del MORDAZA institucional de la Entidad convocante en el Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y en el MORDAZA del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la Entidad convocante, otros medios de informacion; Que, en ese sentido, con Resolucion Ministerial N° 184-2013-VIVIENDA se designo a la Licenciada MORDAZA MORDAZA Malvaceda MORDAZA, Jefa de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, mediante Resolucion Ministerial N° 259-2013-VIVIENDA se acepto su renuncia a dicho cargo; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, conforme a lo establecido por el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, MORDAZA indicado; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminacion progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Decreto Supremo N° 012-2004-TR; y la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion de la Licenciada MORDAZA MORDAZA Malvaceda MORDAZA, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2.- Designar al Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de conformidad con el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1002120-1

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