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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (20/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Domingo 20 de octubre de 2013 505349 Personal Naval participe en diversos Cursos, durante el año académico 2013, entre los que fi gura, el Curso de Instructor Básico de Infantería de Marina, a impartirse en el Centro Internacional de Entrenamiento Anfi bio, Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 24 de octubre al 6 de diciembre de 2013; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Personal Subalterno para que participe en el mencionado Curso. Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar al personal Infante de Marina en instituciones extranjeras, para obtener mayores conocimientos y experiencias, elevando su nivel profesional; así como, el programa Instructor Básico de Infantería de Marina, encamina el esfuerzo hacia la excelencia de los procesos, motivando a la investigación, desarrollo de competencias básicas del aprendizaje y habilidades del pensamiento crítico; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 1: Formación / Califi cación / Especialización, Ítem 60, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013, y conforme a la modifi cación aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Ofi cial de Mar 2º Ima. James Ernesto BARRIOS Córdova, para que participe en el Curso de Instructor Básico de Infantería de Marina, a impartirse en el Centro Internacional de Entrenamiento Anfi bio, Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 24 de octubre al 6 de diciembre de 2013; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 1144 - que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que el personal nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21º del referido Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008- DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009- DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Ofi cial de Mar 2º Ima. James Ernesto BARRIOS Córdova, CIP. 01034108, DNI. 40647978, para que participe en el Curso de Instructor Básico de Infantería de Marina, a impartirse en el Centro Internacional de Entrenamiento Anfi bio, Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 24 de octubre al 6 de diciembre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Cartagena de Indias (República de Colombia) - Lima US$ 950.00 US$ 950.00 Pasajes Terrestres: Cartagena de Indias - Coveñas (República de Colombia) - Cartagena de Indias US$ 50.00 x 2 (ida y vuelta) US$ 100.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,200 / 31 días (octubre 2013) x 8 días US$ 567.74 US$ 2,200 x 1 mes (noviembre 2013) US$ 2,200.00 US$ 2,200 / 31 días (diciembre 2013) x 6 días US$ 425.81 TOTAL A PAGAR: US$ 4,243.55 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Ofi cial de Mar designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Subalterno, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el periodo que dure la Misión de Estudios. Artículo 8º.- El citado Ofi cial de Mar, está impedido de solicitar su pase a la Situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1002260-7 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Ecuador, Chile y los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 910-2013-DE/SG Lima, 19 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 832 y 833 del 15 de octubre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la