Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2013 (20/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA 20 de octubre de 2013

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y Riego a fin de financiar la ejecucion de los Proyectos de Inversion, Expedientes Tecnicos y Estudios de Preinversion a que se refieren los considerandos precedentes, con cargo a los recursos del Fondo MI RIEGO que no seran ejecutados al cierre del ano fiscal 2013 y que han sido incorporados en el referido pliego a traves del Decreto Supremo Nº 2082013-EF; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la utilizacion de los recursos incorporados por el Decreto Supremo N° 208-2013-EF, que no seran ejecutados al cierre del ano fiscal 2013, de acuerdo a lo senalado por la Unidad de Presupuesto Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 240 980,00) para ser destinados en el presente ano fiscal, para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica, Expedientes Tecnicos y Estudios de Preinversion que resultaron aprobados y priorizados por el Comite Tecnico de MI RIEGO, conforme a lo establecido en el Reglamento del Fondo MI RIEGO, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-AG; De conformidad, con lo dispuesto en la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y el Decreto Supremo N° 002-2013-AG; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de la utilizacion de los saldos proyectados en el MORDAZA de la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 1.1 Autoricese la utilizacion de los saldos proyectados de los recursos que fueron incorporados en el pliego Ministerio de Agricultura y Riego mediante el Decreto Supremo Nº 208-2013-EF, hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 240 980,00), los cuales seran destinados al financiamiento de nueve (09) Proyectos de Inversion Publica, seis (06) Expedientes Tecnicos y cuatro (04) Estudios de Preinversion que resultaron aprobados y priorizados por el Comite Tecnico de MI RIEGO; para lo cual, el citado Ministerio realizara las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, conforme al literal a) del numeral 41.1 del articulo 41 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 1.2 Los recursos destinados al financiamiento de los Proyectos de Inversion Publica, Expedientes Tecnicos y Estudios de Preinversion; a que se refiere el presente articulo, asi como la estructura de financiamiento de los mismos, se detalla en el Anexo "Financiamiento de Proyectos y Estudios de Preinversion - MI RIEGO", que forma parte integrante de la presente norma. Articulo 2º.- Publicacion del Anexo del presente Decreto Supremo El Anexo a que se refiere el numeral 1.2 del articulo 1 del presente Decreto Supremo se publica en los portales electronicos del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) y del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de octubre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion Encargada del Despacho del Ministro de Agricultura y Riego 1002260-2

Que, en los articulos 4 y 5 del Reglamento del Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA - MI RIEGO, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2013-AG, se establece que Fondo MI RIEGO estara a cargo de un Comite Tecnico, que tiene como funcion, entre otras, la de aprobar la seleccion y priorizacion de los Proyectos y Estudios de Preinversion a ser financiados por el indicado Fondo, para lo cual cuenta con una Secretaria Tecnica encargada de recibir, registrar, analizar y proponer al Comite Tecnico, previo informe, la aprobacion de los Proyectos y Estudios de Preinversion seleccionados y priorizados para su atencion por el Fondo MI RIEGO; Que, mediante el Oficio N° 1953-2013-MINAGRI-DVMDIAR/DGIH, el Director General la Direccion General de Infraestructura Hidraulica, hace de conocimiento que en las Sesiones Ordinarias N°s 16 y 18 de fechas 11 y 25 de setiembre de 2013, respectivamente, el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO ha aprobado la seleccion y priorizacion, entre otros, la ejecucion de nueve (09) Proyectos de Inversion Publica, seis (06) Expedientes Tecnicos y cuatro (04) Estudios de Preinversion, de los cuales la Unidad Ejecutora 006 Programa Sub Sectorial de Irrigacion - PSI estara a cargo de cinco (05) Proyectos de Inversion Publica y seis (06) Expedientes Tecnicos y la Unidad Ejecutora 011 Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL estara a cargo de cuatro (04) Proyectos de Inversion Publica y cuatro (04) Estudios de Preinversion; hasta por la suma total de OCHENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 88/100 NUEVOS SOLES (S/. 83 815 318,88), a ser financiados por el referido Fondo, en el MORDAZA de las disposiciones establecidas en el mencionado Reglamento; Que, la Unidad de Presupuesto Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, a traves del Informe N° 203-2013-MINAGRI-UPRES/ OPP, establece que el monto correspondiente a la ejecucion presupuestal del Ano Fiscal 2013 de los Proyectos de Inversion, Expedientes Tecnicos y Estudios de Preinversion seleccionados y priorizados por el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO, segun el cronograma de inversion de los Proyectos de Inversion Publica senalados en el considerando precedente, alcanza la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 240 980,00); asimismo, senala que los referidos proyectos han sido declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica, y que cumplen con los requisitos senalados en el Reglamento del Fondo MI RIEGO, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2013-AG; Que, ademas, dicha Unidad de Presupuesto Sectorial senala que la existencia de recursos del Fondo MI RIEGO, autorizados mediante el Decreto Supremo N° 208-2013-EF, que no seran ejecutados en el presente ano responde a los retrasos en la compatibilizacion en MORDAZA de los proyectos de inversion publica y el desarrollo de los procesos de seleccion, hasta el consentimiento de la Buena Pro, cuyo financiamiento se otorgo en el MORDAZA del citado Decreto Supremo; por lo que, considera, conforme a las proyecciones al cierre del ano fiscal 2013 que existirian recursos sin ejecutar hasta por la suma de CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 MORDAZA SOLES (S/. 40 238 826,00), los cuales podran ser utilizados por el Ministerio de Agricultura y Riego para financiar los nuevos Proyectos de Inversion Publica, Expedientes Tecnicos y Estudios de Preinversion seleccionados y priorizados por el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO en el presente ano fiscal, para lo cual el pliego puede realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, de conformidad con el literal a) del numeral 41.1 del articulo 41 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; Que, en la Sesion Ordinaria N° 17 de fecha 20 de setiembre de 2013, el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO adopto el Acuerdo N° 69-2013-MINAGRI-CTMR, que a traves del cual se aprobo por unanimidad la propuesta del Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto - OPP del Ministerio de Agricultura y Riego, miembro del Comite Tecnico, respecto a la utilizacion de recursos que han sido incorporados a favor del Pliego Ministerio de Agricultura y Riego a traves del Decreto Supremo N° 208-2013-EF, para financiar proyectos en el MORDAZA del Fondo MI RIEGO, y que no seran ejecutados al cierre del ano fiscal 2013, con el fin de que tales recursos MORDAZA destinados a financiar nuevos proyectos aprobados y priorizados por el citado Comite Tecnico del Fondo en el presente ano fiscal; Que, mediante el Oficio N° 864-2013-MINAGRI-SG, la Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego, solicita se autorice la utilizacion de los saldos proyectados de los recursos a favor del pliego 013 Ministerio de Agricultura

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