Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2013 (20/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Republica del Ecuador y la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 526-2013-MINDEF/CDIH-DIDDHH del 11 de octubre de 2013, el Director del Centro del Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador y la Republica de Chile; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 20 al 29 de octubre de 2013, a fin de participar en el "Curso Basico de Derecho Internacional Humanitario" y "Curso Basico de Derechos Humanos"; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion del Centro del Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar detallado a continuacion, del 20 al 29 de octubre de 2013, a fin que participen en el "Curso Basico de Derecho Internacional Humanitario" y "Curso Basico de Derechos Humanos". Republica del Ecuador 1. Capitan MORDAZA Geovanny MORDAZA Coello 2. MORDAZA de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Republica de MORDAZA 1. Mayor MORDAZA HOTT Schmidt

El Peruano MORDAZA 20 de octubre de 2013

extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUBE de los Estados Unidos de MORDAZA, del 21 de octubre de 2013 al 30 de setiembre de 2014, a fin que apoye al Comando de Asuntos Civiles del Ejercito del Peru e incrementar su capacidad en asuntos civiles, asi como para efectuar un planeamiento para futuros intercambios de expertos. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1002259-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan la utilizacion de los recursos del Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA - MI RIEGO en el MORDAZA de la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 265-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se crea el Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA - MI RIEGO, a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego, orientado a reducir las brechas en la provision de los servicios e infraestructura del uso de los recursos hidricos con fines agricolas que tengan el mayor impacto en la reduccion de la pobreza y la pobreza extrema, en el MORDAZA ubicadas por encima de los 1,500 metros sobre el nivel MORDAZA, a traves del financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de los tres niveles de gobierno, incluyendo los Estudios de Preinversion; Que, la mencionada Disposicion Complementaria Final dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Agricultura y Riego, a propuesta de este ultimo, se autoriza la utilizacion de los recursos del Fondo MI RIEGO para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica declarados viables por el Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP y de Estudios de Preinversion, para la provision de los servicios e infraestructura senalados en la mencionada disposicion, en funcion de las solicitudes seleccionadas, presentadas por los tres niveles de gobierno, que previamente han cumplido, con suscribir un convenio con el Ministerio de Agricultura y Riego;

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1002259-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 911-2013-DE/SG
MORDAZA, 19 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nos. 799 y 829 del 2 y 15 de octubre de 2013 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 2419/ORIE/c.2 del 14 de octubre de 2013, el Jefe del Departamento de Planeamiento de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 21 de octubre de 2013 al 30 de setiembre de 2014, a fin de apoyar al Comando de Asuntos Civiles del Ejercito del Peru e incrementar su capacidad en asuntos civiles, asi como para efectuar un planeamiento para futuros intercambios de expertos; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas

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