TEXTO PAGINA: 23
El Peruano Domingo 20 de octubre de 2013 505365 DICE: Que, de acuerdo al Ofi cio de Vistos, la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo, solicita se declare la supresión de la Ofi cina Receptora de Cabana. DEBE DECIR: Que, de acuerdo al Ofi cio de Vistos, la Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz, solicita se declare la supresión de la Ofi cina Receptora de Cabana. 1002129-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionaria de la Gerencia Jurídica a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 066-2013-BCRP Lima, 25 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) y del Banco Central de Chile para participar en la XI Reunión de Asesores Legales de Banca Central, que se realizará en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 23 al 25 de octubre; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la fi nalidad y funciones; Para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia Jurídica tiene entre sus objetivos el de asesorar a las diversas unidades organizacionales del Banco en materias monetarias, bancarias y fi nancieras, a nivel nacional e internacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619, su reglamento el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus modificatorias, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 12 de setiembre de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señora Julia Denisse Solórzano Fernández, Supervisor Senior de Asesoría Legal en Asuntos Internacionales de la Gerencia Jurídica, a la ciudad de Santiago, Chile, del 23 al 25 de octubre y el pago de los gastos, a fi n de que participe en la reunión indicada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 290,70 Viáticos US$ 1040.00 ------------------- Total US$ 1330,70 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 998870-1 CONTRALORIA GENERAL Modifican Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 383-2013-CG Lima, 18 de octubre de 2013 Vistos; la Hoja Informativa N° 003-2013-CG/GCG de la Gerencia de Auditoría Financiera y de Sistemas, la Hoja Informativa N° 00084-2013-CG/REG y el Memorando N° 00143-2013-CG/REG del Departamento de Regulación de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las Sociedades de Auditoría son las personas jurídicas califi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas por la Contraloría General, previo Concurso Público de Méritos, y contratadas por las entidades para examinar las actividades y operaciones de las mismas, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados; Que, asimismo, la citada norma señala que el proceso de designación y contratación de las Sociedades de Auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General de la República; Que, en el marco de la citada disposición, mediante Resolución de Contraloría N° 063-2007-CG se aprobó el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, a fi n de regular el ejercicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República en el proceso de registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, así como la actuación de estas últimas; Que, conforme el documento de vistos, la Gerencia de Auditoría Financiera y de Sistemas, propone la modifi cación del citado Reglamento en aspectos sobre el registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, a fi n de contribuir al adecuado ejercicio del control gubernamental; Que, mediante los documentos de vistos, el Departamento de Regulación ha opinado que el proyecto normativo sobre modifi cación del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, se encuentra acorde a las disposiciones establecidas en la Directiva N° 003-2011- CG/GDES “Organización y Emisión de Documentos Normativos”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 224-2011-CG; Que, resulta pertinente aprobar el proyecto normativo sobre modifi cación del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car los artículos 3°, 4°, 5°, 6°, 8°, 9°, 11°, 12°, 13°, 14°, 18°, 19°, 20°, 21°, 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 29°, 30°, 31°, 32°, 34°, 35°, 36°, 37°, 38°, 39°, 41°, 42°, 44°, 47°, 48°, 49°, 50°, 51°, 51°- A, 52°, 53°, 55°, 56°, 57°, 58°, 60°, 61°, 63°, 64°, 65°, 67°, 70°, 71°, 72°, 73° y el Anexo N° 3 del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control. Artículo Segundo.- Sustituir los artículos 15°, 16°, 17°, 22°, 45°, 46°, la Segunda, Cuarta, Quinta y Sexta Disposiciones Complementarias Finales, la Primera, Segunda y Tercera Disposiciones Complementarias Transitorias, y los Anexos N° 1 y 2 del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control.