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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (23/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Miércoles 23 de octubre de 2013 505522 4. Alcance La presente Directiva es de aplicación a todas las entidades que conforman el Poder Ejecutivo. 5. DEFINICIONES 5.1. Comisión Multisectorial: En el marco de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Comisión Multisectorial es un órgano adscrito a una entidad pública del Poder Ejecutivo, sin personería jurídica ni administración propia, cuyos miembros son representantes de diversos sectores, y que puede cumplir las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, las mismas que junto con el tiempo que se establezca que demandará su cumplimiento, defi nen si su naturaleza es temporal o permanente. Constituye un mecanismo de coordinación horizontal que facilita la colaboración y cooperación multisectorial. 5.2. Otros órganos colegiados multisectoriales del Poder Ejecutivo: A efectos de la presente Directiva y del aplicativo informático, y en el marco de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, entiéndase por éstos, a los órganos integrados a una entidad pública del Poder Ejecutivo, cuyos miembros son representantes de diversos sectores, con fi nes específi cos distintos a los de las Comisiones Multisectoriales. Pueden ser temporales o permanentes. A efectos de la presente Directiva y del aplicativo informático, la referencia a “otros órganos colegiados multisectoriales del Poder Ejecutivo”, incluye a los Grupos de Trabajo y cualquier otro colegiado de composición multisectorial en el ámbito del Poder Ejecutivo, así como las Comisiones Permanentes de Coordinación previstas en el artículo 55° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias, en cuanto corresponda. 5.3. Aplicativo informático de Comisiones Multisectoriales: Es una herramienta tecnológica que permite el registro virtual de información sobre las Comisiones Multisectoriales, facilitando el seguimiento del trabajo de las citadas Comisiones y otros órganos colegiados multisectoriales del Poder Ejecutivo. Es administrado por la PCM a través de la Secretaría de Coordinación y se accede al mismo en la dirección web indicada por la PCM. 6. RESPONSABILIDADES 6.1. Ministerio u organismo público al cual está adscrita la Comisión Multisectorial: El Ministerio u organismo público del cual depende la Comisión Multisectorial, a través de su Secretario General, es responsable de: 6.1.1. Designar y comunicar la designación del Presidente de la Comisión al Coordinador del Ministerio que tiene bajo su ámbito al Secretario de la Comisión Multisectorial. 6.1.2. Supervisar que la presentación de información sobre la Comisión Multisectorial, se efectúe acorde a la presente Directiva, con el apoyo de su Coordinador. 6.2. Presidente de la Comisión Multisectorial: El Presidente de la Comisión Multisectorial es responsable funcional de la misma, así también le alcanza responsabilidad como representante del Ministerio u organismo público del cual depende la Comisión Multisectorial. Es responsable de supervisar que el Secretario presente la información sobre la Comisión Multisectorial, acorde a la presente Directiva. 6.3 Ministerio u organismo público del cual depende el Secretario de la Comisión Multisectorial: El Ministerio u organismo público del cual depende el Secretario de la Comisión Multisectorial, a través de su Secretario General, es responsable de: 6.3.1. Designar a un Coordinador, conforme a lo señalado en el numeral 6.4. de la presente Directiva. 6.3.2. Solicitar los usuarios y claves de acceso al Aplicativo Informático para el Coordinador y los Secretarios de Comisiones Multisectoriales, conforme a lo señalado en el numeral 8.3. de la presente Directiva. 6.3.3. Supervisar que la presentación de información sobre la Comisión Multisectorial se efectúe acorde a la presente Directiva, con el apoyo de su Coordinador. 6.3.4. Mantener actualizada la información de altas y bajas respecto de los cargos de Secretario en las Comisiones Multisectoriales y Coordinador. 6.4. Coordinador del Ministerio: La Secretaría General de cada Ministerio es responsable de designar un (1) Coordinador. El Coordinador del Ministerio, respecto a las Comisiones Multisectoriales y otros órganos colegiados multisectoriales cuyos Secretarios dependan del Ministerio o del organismo público adscrito al mismo, es responsable de: 6.4.1. Ingresar obligatoriamente en el aplicativo informático la información sobre la creación de la Comisión Multisectorial. 6.4.2. Proporcionar a la Secretaría de Coordinación, la información complementaria que ésta le solicite sobre la Comisión Multisectorial. 6.4.3. Comunicar al Secretario de la Comisión Multisectorial, la designación del Presidente y demás miembros. 6.4.4. Ingresar con carácter facultativo, al aplicativo informático la información sobre otros órganos colegiados multisectoriales del Poder Ejecutivo. 6.4.5. Brindar a la Secretaría de Coordinación, la información complementaria que ésta le solicite respecto de los órganos colegiados a que se refi ere el numeral precedente. 6.4.6. Supervisar que la presentación de información sobre las Comisiones Multisectoriales, se efectúe acorde a la presente Directiva. 6.4.7. Mantener actualizada la información de altas y bajas respecto del cargo de Secretario en las Comisiones Multisectoriales. 6.5. Secretario de la Comisión Multisectorial: El Secretario de la Comisión Multisectorial es el responsable administrativo de la Comisión Multisectorial. Está a cargo de 5.5.1. ingresar con carácter obligatorio, al aplicativo informático la información actualizada sobre el estado de su Comisión Multisectorial, y de brindar a la Secretaría de Coordinación, la información complementaria que ésta le solicite. El Secretario de la Comisión Multisectorial deberá mantener actualizada la información de altas y bajas respecto de los miembros de las respectivas Comisiones. 6.6. Ministerio u organismo público representado por otro miembro de la Comisión Multisectorial (distinto a Presidente y Secretario): El Ministerio u organismo público representado por otro miembro de la Comisión Multisectorial (distinto a Presidente y Secretario), es responsable de 5.6.1. colaborar con supervisar que la presentación de información sobre la Comisión Multisectorial se efectúe acorde a la presente Directiva. 6.7. Ministerio al cual se encuentra adscrito el organismo público del cual depende la Comisión Multisectorial: El Ministerio al cual se encuentra adscrito el organismo público del cual depende la Comisión Multisectorial, es responsable a través de su Coordinador, de hacer el seguimiento sobre si la presentación de información acerca de la Comisión Multisectorial se efectúa acorde a la presente Directiva. 6.8. Secretaría de Coordinación: La Secretaría de Coordinación es responsable de: 6.8.1. Administrar el aplicativo informático de Comisiones Multisectoriales. 6.8.2. Remitir los usuarios y claves de acceso al aplicativo informático.