Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2013 (23/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Miercoles 23 de octubre de 2013

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seran puestos en conocimiento del titular de la entidad a la que pertenece el presunto responsable, para la determinacion de las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar. 7. DISPOSICIONES GENERALES 7.1. Los Ministerios y sus organismos publicos estan obligados a mantener informada a la PCM, a traves de la Secretaria de Coordinacion, sobre las Comisiones Multisectoriales en las que participan, conforme a las etapas descritas en el Anexo de la presente Directiva; en tal sentido, el ingreso de dicha informacion al Aplicativo Informatico de Comisiones Multisectoriales que administra la PCM tiene caracter obligatorio. 7.2. Facultativamente, los Ministerios y sus organismos publicos pueden ingresar al mencionado aplicativo informatico, informacion sobre otros organos colegiados multisectoriales del Poder Ejecutivo en los que su representante sea el Secretario.

6.8.3. Orientar a los Ministerios, sus organismos publicos y Comisiones Multisectoriales, sobre el cumplimiento de la presente Directiva. 6.8.4. Orientar a los Ministerios, sus organismos publicos y Comisiones Multisectoriales, sobre el aplicativo informatico de Comisiones Multisectoriales, para lo cual contara con el apoyo de la Oficina de Sistemas de la PCM. 6.8.5. Monitorear las Comisiones Multisectoriales adscritas a la PCM cuyo objeto es la formulacion de politicas multisectoriales. 6.8.6. Brindar apoyo tecnico a las Comisiones Multisectoriales adscritas a la PCM. 6.8.7. Brindar apoyo tecnico a solicitud de otras Comisiones Multisectoriales, y de los otros organos colegiados multisectoriales del Poder Ejecutivo, en el MORDAZA de la disponibilidad de recursos. 6.9. Los actos u omisiones que impidan o entorpezcan el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva,

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