Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2013 (30/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Carhuacallanga, Chacapampa, Chicche, Chupuro, MORDAZA, Chongos Alto y Huasicancha de la Provincia de Huancayo, en el Departamento de Junin; Que, por Oficio Nº 1217-2012-PCM/SD la Secretaria de Descentralizacion remite el Informe Nº 027-2012PCM/SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al tramite de inscripcion de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco"; Que, mediante los Oficios Nº 008-2013- MMDC/PCD y Nº 010-2013- MMDC/P, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco", presenta los documentos para subsanar las observaciones al tramite de inscripcion de constitucion; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico: institucional, social y demografico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos y horizonte de planeamiento; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local y capacidad de gestion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Manejo integral de residuos solidos, b) Saneamiento basico, c) Mejoramiento y rehabilitacion de infraestructura vial, d) Fomento del turismo, la inversion privada y la competitividad productiva, e) Construccion, mejoramiento y ampliacion de sistemas de riego y f) Mejoramiento del sistema de salud y electrificacion; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito, b) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, c) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, d) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF y e) Proveer el servicio de limpieza publica determinando las areas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento basico rural, con la ejecucion de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalacion de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad, c) Participar en el diseno y ejecucion de programas y proyectos de manejo de residuos solidos, en coordinacion con las entidades competentes, d) Administrar y reglamentar, directamente o por concesion, el servicio de agua potable, alcantarillado y desague, limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, e) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes y f) Promover el servicio electrico y en especial el cambio de postes de MORDAZA por concreto; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Carhuacallanga, Chacapampa, Chicche, Chupuro, MORDAZA, Chongos Alto y Huasicancha, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la

El Peruano Miercoles 30 de octubre de 2013

designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 040-2013­PCM/ SD-OGI-MIRA, se concluye que se han subsanado las observaciones al tramite de inscripcion y que en la elaboracion de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal del Canipaco"; integrada por las Municipalidades Distritales de Carhuacallanga, Chacapampa, Chicche, Chupuro, MORDAZA, Chongos Alto y Huasicancha de la Provincia de Huancayo, en el Departamento de Junin; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco", como sigue: - Presidente: MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital Chacapampa - Director: MORDAZA Briceno Briceno, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Carhuacallanga - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chicche - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Taquia, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chupuro - Director: MORDAZA Rivelino MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA - Director: MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chongos Alto - Director: MORDAZA Calixtro MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huasicancha. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Canipaco", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CEDRON Secretaria de Descentralizacion Presidencia del Consejo de Ministros

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