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El Peruano Miércoles 30 de octubre de 2013 506013 ríos ante posibles inundaciones, a consecuencia de las precipitaciones pluviales en los departamentos de Tumbes, Piura, La Libertad, Lima, Ica, Arequipa, Puno, Cusco y Ayacucho, con la fi nalidad de disminuir los impactos negativos de los fenómenos climatológicos adversos y/o presencia de avenidas extraordinarias e incremento de caudales de los ríos durante periodos lluviosos; para ello a través del Ministerio de Agricultura y Riego y la Autoridad Nacional del Agua – ANA en coordinación con los Gobiernos Regionales y/o Locales, se han identifi cado 44,63 kilómetros de áreas vulnerables existentes en diversas zonas del país; Que, asimismo, las actividades de prevención recogen la información del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres – CENEPRED, quien ha elaborado un “Escenario de Riesgos ante la Temporada de Lluvia 2013-2014” (Pronóstico Setiembre – Noviembre 2013), en el que se identifi ca la ocurrencia de máximas avenidas a consecuencia de precipitaciones fl uviales, que provocarían el debilitamiento y socavación de la estructura de protección, haciéndolo vulnerable, entre otros, al sector agropecuario, infraestructura vial y servicios básicos; Que, mediante el Ofi cio Nº 1556-2013-P-CNM, el Consejo Nacional de la Magistratura solicita mayores recursos debido a que el Poder Judicial y el Ministerio Público vienen solicitando un mayor número de nombramientos, evaluaciones y ratifi caciones y procesos disciplinarios de Jueces y Fiscales a nivel nacional, como consecuencia de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Dicha demanda genera un incremento en los gastos de publicación, contratación de profesionales para las evaluaciones y demás gastos operativos, demanda que será atendida hasta por la suma de DOS MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 100 000,00); Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial - Ley Nº 29182, el Fuero Militar Policial otorga al personal de sus distintos órganos jurisdiccionales y fi scales un bono por función jurisdiccional militar policial, cuyo monto y escala correspondientes serán fi jados por resolución del Tribunal Supremo Militar Policial. Asimismo, el citado artículo señala que el otorgamiento del bono se efectúa mensualmente, no tiene naturaleza remunerativa ni efectos pensionarios; Que, la Octava Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, dispone que en el caso de los operadores del Fuero Militar Policial, Vocales, Jueces o Fiscales de todos los niveles, así como los Relatores, Secretarios de Sala o Juzgado que proceden únicamente del Cuerpo Jurídico Militar Policial y que se encuentren en situación de actividad, les corresponde percibir la “Bonifi cación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad”. Para ello, el Tribunal Supremo Militar aprobará los montos para el año fi scal 2013, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, debiendo estar previamente registrada, por intermedio del Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, según corresponda, en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público – Aplicativo Informático” a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del funcionario que lo otorgue, así como del personal militar y policial en situación de actividad que lo reciba, de corresponder; Que, mediante Ofi cio Nº 1749-2013-EF/10.01, remitido al Presidente del Fuero Militar Policial, el Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión favorable para aprobar la “Bonifi cación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad” para los que realizan función jurisdiccional y fi scal en el Fuero Militar Policial, según lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Transitoria al Decreto Supremo Nº 013-2013-EF; Que, con Resolución Administrativa Nº 145-2013- FMP/TS/SG, se resuelve aprobar la escala para el pago de la “Bonifi cación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad”, para los que realizan función jurisdiccional y fi scal en el Fuero Militar Policial, que proceden únicamente del Cuerpo Jurídico Militar Policial, en situación de actividad; Que, asimismo, como parte de las actividades para Administrar Justicia Militar, urge la necesidad de tener en adecuadas condiciones las instalaciones de los Tribunales Superiores y Juzgados a nivel nacional, debido a que la mayoría de ellos tienen una infraestructura muy precaria por la antigüedad de su construcción, haciéndose necesario su mantenimiento y reparación; Que, mediante el Ofi cio Nº 327-2013-FMP/P, el Fuero Militar Policial ha solicitado una transferencia de partidas hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 684 800,00), entre otros, para fi nanciar el pago de la “Bonifi cación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad” a favor de los operadores del Fuero Militar Policial que proceden únicamente del Cuerpo Jurídico Militar Policial y que se encuentren en situación de actividad, así como para el mantenimiento de la infraestructura de Juzgados y Fiscalías Militares y Policiales, Tribunal Superior Militar Policial del Centro; Que, mediante los Ofi cios Nºs 1465-2013-P/JNE y 000127-2013-GPP/RENIEC el Jurado Nacional de Elecciones y el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil respectivamente, han solicitado recursos adicionales que serán destinados a la atención de gastos correspondientes a las actividades que deben efectuarse en el último bimestre del año en curso y que son necesarias porque constituyen parte del proceso electoral Nuevas Elecciones Municipales 2014 a realizarse en marzo del año 2014 en cincuenta y tres distritos del país, cuyo costo total asciende a la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 462 123,00), de los cuales para el Jurado Nacional de Elecciones le corresponde la suma de DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000 000,00) y para el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTITRES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 462 123,00); Que, mediante los Ofi cios Nºs. 0254-2013/APCI-DE y 030-2013/APCI-OPP, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI solicita recursos adicionales por DOSCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS (S/. 203 750,00), entre otros, para cumplir con fi scalizar las donaciones recibidas y los proyectos ejecutados para la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto del año 2007 dentro del marco de la Cooperación Internacional no Reembolsable así como disponer de un registro actualizado de Organismos no Gubernamental- ONGD, Entidades de Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional – ENIEX e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del Exterior - IPREDA, para fortalecer el rol de la APCI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2013-EF se autorizó una transferencia de partidas a favor del Pliego Agencia de Promoción de la Inversión Privada, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 880 000,00), para la contratación de Servicios de Asesoría Técnica y de Transacción de los procesos de promoción de la inversión privada de los proyectos “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” y “Nodo Energético en el Sur del Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 219-2013-EF se autorizó una Transferencia de Partidas a favor del Pliego Agencia de Promoción de la Inversión Privada, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 45 353 174,00), para las contrataciones de los servicios de consultoría para la elaboración de los Estudios Complementarios de la Etapa 1ª y Tramos Críticos, y para el Informe Complementario a la Ingeniería del Estudio de Preinversión a nivel de factibilidad del Proyecto de la “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”; Que, mediante Ofi cio Nº 303-2013/PROINVERSION/ OA, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION solicita el uso de recursos no ejecutados que le fueron transferidos mediante los Decretos Supremos Nºs. 067 y 219-2013-EF, para ser destinados a fi nanciar gastos prioritarios que establezca el Titular para el cumplimiento de sus objetivos institucionales; Que, mediante el Ofi cio Nº 146-2013-REGION CALLAO/PRE el Gobierno Regional del Callao ha solicitado fi nanciamiento para continuar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta - Callao” con código SNIP 48115, dado que el costo total ha tenido variaciones que corresponden a interferencias