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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (30/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Miércoles 30 de octubre de 2013 506017 modifi cada por el artículo 1 de la presente resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Prensa publique la relación de plazas correspondientes a instituciones educativas unidocentes, en convenio o que no se encuentran ocupadas, que han sido eliminadas de la relación consolidada de plazas objeto del referido concurso, la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 4.- Los profesores que se hayan inscrito a una plaza que forma parte de la relación de plazas a que se refi ere el Anexo de la presente resolución, así como los que se hayan inscrito a partir del 01 de octubre de 2013, a una plaza correspondiente a una institución educativa intercultural bilingüe; podrán modifi car la plaza a la que postularon, solo hasta el 04 de noviembre de 2013. Artículo 5.- El Ministerio de Educación, a través de la dirección electrónica https://evaluaciondocente.perueduca. pe/ de su Portal Institucional, publicará el procedimiento que deben seguir los postulantes para que modifi quen la plaza en la que se inscribieron. Artículo 6.- Vencido el plazo a que hace referencia el artículo 4 de la presente resolución, sin que los postulantes hayan modifi cado la plaza a la que se inscribieron; se dispondrá el retiro de aquellos postulantes que se inscribieron en las plazas señaladas en el Anexo de la presente resolución; y en el caso de aquellos que se inscribieron en una plaza que corresponde a una institución educativa intercultural bilingüe se tendrá por ratifi cada su inscripción. Artículo 7.- La presente modifi cación no afectará el cronograma del Concurso convocado. Artículo 8.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 1007446-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban la segunda modificación al Contrato de Concesión N° 316-2008, relativo a la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 454-2013-MEM/DM Lima, 17 de octubre de 2013 VISTO: El Expediente N° 18157208 sobre solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables presentada por Empresa Eléctrica Rio Doble S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12256292 de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 543-2008- MEM/DM, publicada el 29 de noviembre de 2008, se otorgó a favor de ABR Ingenieros S.A.C. la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Las Pizarras, con una potencia instalada de 18 MW, ubicada en los distritos de Sexi, Santa Cruz y Catache, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, en la zona comprendida dentro de las Coordenadas UTM (PSAD56) que obran en el Expediente N° 18157208; asimismo, se aprobó el Contrato de Concesión N° 316-2008; Que, de acuerdo con la Cláusula Séptima y el Anexo Nº 4 del Contrato de Concesión Nº 316-2008, el plazo de ejecución de obras hasta la puesta en operación comercial la Central Hidroeléctrica Las Pizarras es de 36 meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial N° 543-2008-MEM/DM; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 521-2009- MEM/DM, publicada el 17 de diciembre de 2009, se aprobó la transferencia de la concesión defi nitiva a que se hace referencia el considerando que precede, a favor de Empresa Eléctrica Rio Doble S.A.; Que, mediante documento con Registro N° 2126286 de fecha 9 de setiembre de 2011, Empresa Eléctrica Río Doble S.A. solicitó modifi car la concesión defi nitiva a que se refi ere el primer considerando de la presente Resolución y, a través de la Declaración Jurada de Silencio Administrativo Positivo presentada con Registro N° 2135457 de fecha 12 de octubre de 2011, se dio por aprobada la Primera Modifi cación del Contrato de Concesión N° 316-2008, a fi n de establecer 27 meses como plazo de ejecución de obras hasta la puesta en operación comercial, hecho que debió ocurrir el 31 de diciembre de 2012, designándose mediante la Resolución Ministerial N° 530-2011-MEM/DM de fecha 26 de diciembre de 2011, al representante del Concedente para la suscripción de la Minuta de la Primera Modifi cación del referido Contrato de Concesión; Que, mediante documentos de fechas 14 de diciembre de 2012 y 01 de agosto de 2013, ingresados bajo los Registros N° 2253630 y N° 2316024, respectivamente, Empresa Eléctrica Río Doble S.A. solicitó la Segunda Modifi cación del referido Contrato de Concesión, con el objeto de prorrogar el plazo de ejecución de obras, de manera tal que la Puesta en Operación Comercial de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras deberá coincidir con la Adenda N° 3 al Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, elevada a Escritura Pública el 26 de abril de 2013, debiendo producirse a más tardar el 30 de abril de 2013, cuyo texto se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 155-2013-MEM/DM, de fecha 25 de abril de 2013, por razones de fuerza mayor; Que, teniendo en cuenta lo indicado en el considerando que antecede, resulta necesario aprobar la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión N° 316-2008, en lo que se refi ere a la fecha de Puesta en Operación Comercial de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras, establecido en el Cronograma de Ejecución de Obras; Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refi ere el Informe N° 532-2013-DGE-DCE, corresponde aprobar la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión N° 316-2008 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 66, el artículo 67 y el segundo párrafo del artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión N° 316-2008, relativo a la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras, en lo referido a la Séptima Cláusula y el Anexo Nº 4 del Contrato, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión N° 316-2008, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión N° 316-2008, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del