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El Peruano Miércoles 30 de octubre de 2013 506005 Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20” y la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10”, así como de sus actividades y eventos conexos; asimismo, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM), de naturaleza temporal, encargado de la preparación, organización y realización de los citados eventos; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 264- 2013-MINAM, publicada el 07 de septiembre de 2013, el Ministerio del Ambiente ratifi có la importancia que tiene para el Perú la organización de los citados eventos, en tanto se constituye en la conferencia con mayor relevancia a nivel mundial en materia de cambio climático, orientada a obtener un nuevo acuerdo climático, sólido y vinculante en benefi cio del planeta; conformándose, asimismo, los equipos de trabajo del MINAM y designándose a los responsables que estarán encargados de brindar apoyo a la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente, así como a la Presidencia y a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Decreto Supremo Nº 007-2013- MINAM, en las actividades de preparación, organización y realización de los mencionados eventos; Que, la reunión de los países parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático se realiza cada año, siendo que la reunión previa a la COP20 (que se llevará a cabo en Lima), se llevará a cabo en la ciudad de Varsovia, Polonia, en noviembre de 2013, la COP19 / CMP9, y la siguiente a Lima, en diciembre de 2015, en la ciudad de Paris, Francia, la COP21 / CMP11; Que, el enfoque que se está dando al proceso que llevará a Paris, en el año 2015, a un nuevo acuerdo legal, universal y vinculante, para controlar y manejar el cambio climático en el planeta y que supone un esfuerzo global, es el de un proceso continuo, escalonado y de trabajo permanente de las tres presidencias: Polonia, en el año 2013, Perú, en el año 2014 y Francia, en el año 2015; por lo que, no solo no se trata de reuniones de las partes de la Convención aisladas, sino supone un trabajo conjunto de permanente coordinación; Que, en este contexto, mediante el documento de visto, se ha propuesto la aprobación de un Plan de Intervención para la COP19/CMP9, con el propósito de recoger la experiencia, in situ, no solo del desenvolvimiento idóneo de la conferencia multilateral de gran envergadura, sino de las contingencias que pueden surgir y de las medidas correctivas necesarias, así como para facilitar el rol que deberán desempeñar quienes integren la Delegación Peruana que participará de la citada Conferencia y de sus actividades y eventos conexos; por lo que corresponde, emitir el acto resolutivo aprobando el Plan propuesto; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el PLAN DE INTERVENCIÓN para la Conferencia de las Partes de la “Décimo Novena Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP19)” y la “Novena Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP9)”, a realizarse en la ciudad de Varsovia - Polonia, en noviembre de 2013, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente PLAN DE INTERVENCION EN LA COP19/CMP9 Octubre, 2013 A. ANTECEDENTES. Mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAM, del 15 de julio de 2013, se declaró de interés nacional la realización de la “Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20”, y la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10”, que se llevarán a cabo en la ciudad de Lima, en el año 2014, así como de sus actividades y eventos conexos. Asimismo, este DS crea el Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM), de naturaleza temporal, encargado de la preparación, organización y realización de los citados eventos. En ese contexto, corresponde al Perú ejercer la Presidencia de la COP20 / CMP10, debiendo entregar dicho cargo en el año 2015. Asimismo, cumplir durante el año 2014 el papel de facilitador para llegar al acuerdo global vinculante para cumplir con los objetivos de la convención y mantener por debajo de los 2°C el incremento de la temperatura. La reunión de los países parte de la Convención se realiza cada año. La reunión previa a la COP en Lima, se llevará a cabo en Varsovia, Polonia, en noviembre del 2013 (COP19 / CMP9), y la siguiente a Lima en diciembre del 2015, en la ciudad de Paris, Francia (COP21 / CMP11). La decisión de llevar a cabo la COP 20 / CMP10 en Lima ha recibido numerosas muestras de apoyo de la comunidad internacional y de países amigos, quienes han comprometido su apoyo para el éxito de dichos eventos que resultan claves en el proceso de aprobar un instrumento vinculante en la COP21 / CMP11 a llevarse a cabo en París en 2015. Con el objetivo de operativizar el trabajo del gobierno del Perú hacia la COP20 /CMP10, mediante Resolución Ministerial N° 264-2013-MINAM se conformaron los equipos de trabajo del Ministerio del Ambiente y se designó sus responsables. Los equipos de trabajo y sus responsables son: • Equipo de Trabajo sobre aspectos referidos a la Logística y Organización, responsable Eduardo Durand Loìpez-Hurtado • Equipo de Trabajo sobre aspectos referidos a la Negociación, responsable Rosa Morales Saravia • Equipo de Trabajo sobre aspectos referidos a la relación con el Frente Público, responsable Ernesto Raez Luna • Equipo de Trabajo sobre aspectos de Imagen y Comunicación, responsable Vanessa Morales Tremolada B. SUSTENTO DE LA PARTICIPACION EN LA COP19 / CMP9 El enfoque que se está dando al proceso que llevará a Paris en el año 2015, a un nuevo acuerdo legal, universal y vinculante, para controlar y manejar el cambio climático en el planeta, y que supone un esfuerzo global, es el de un proceso continuo, escalonado y de trabajo permanente de las tres presidencias, Polonia en el 2013, Perú en el 2014 y Francia en el 2015. De este modo, no sólo no se trata de reuniones de las partes de la Convención aisladas sino que supone un trabajo de coordinación y de trabajo en conjunto. Es así, que el Perú deberá recibir de Polonia la posta en este esfuerzo conjunto y liderar las acciones que se realicen en el año 2014 en materia de negociación del acuerdo. Esto supone un trabajo intenso y permanente por parte del gobierno del Perú. Especialmente importante es su presencia y participación en la COP19 / CMP9, que se llevara a cabo en Varsovia del 11 al 22 de noviembre del 2013. Por otra parte, al tratarse de una Conferencia multilateral de gran envergadura, es importante recoger la experiencia, in situ, no solo del desenvolvimiento idóneo de la misma, sino de las contingencias que pueden surgir y de las medidas correctivas necesarias. Esto es particularmente relevante en el caso de la organización, logística y comunicación. En el documento del Plan de Trabajo se presenta las diversas y múltiples aristas que involucra la realización de esta conferencia, en lo que respecta a la organización y logística (aspectos como seguridad, hospedaje, transporte, logística en el aeropuerto, organización dentro del local de la conferencia, son desarrollados en el Plan). En el marco del Grupo Técnico Multisectorial (GTM), se ha elaborado un Plan de Trabajo, que contempla el posicionamiento de la entrante Presidencia peruana para la COP20. Para lograr ese posicionamiento se debe participar con un equipo multisectorial en la COP19 / CMP9.