Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2013 (31/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013

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b) Un reporte fiscal trimestral sobre el saldo de deuda de los gobiernos regionales y gobiernos locales y su avance respecto a la regla del saldo de deuda, que es publicado dentro de los cuarenta y cinco dias calendario de finalizado el trimestre, con la informacion disponible a la fecha. c) Un informe anual de evaluacion del cumplimiento de las reglas fiscales de los gobiernos regionales y gobiernos locales MORDAZA del 31 de MORDAZA de cada ano. Para ello, la Direccion General de Contabilidad Publica debe remitir a la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales la informacion necesaria a mas tardar el 30 de MORDAZA de cada ano. Articulo 20. Informe Multianual de Gestion Fiscal de los gobiernos regionales y gobiernos locales El Informe Multianual de Gestion Fiscal (IMGF) es un instrumento de transparencia y seguimiento de la gestion fiscal de los gobiernos regionales y gobiernos locales que tiene por objeto describir la situacion financiera y establecer las metas de convergencia al cumplimiento de las reglas fiscales contenidas en el articulo 7 de la presente Ley. La metodologia para el calculo de las mencionadas metas de convergencia es determinada por el Ministerio de Economia y Finanzas. Los gobiernos regionales y gobiernos locales elaboran y remiten al Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA del ultimo dia habil del mes de MORDAZA de cada ano el Informe Multianual de Gestion Fiscal, el cual incluye las proyecciones de sus finanzas publicas (ingresos, gastos y financiamiento) al cierre del ano, el ano para el que se esta elaborando el presupuesto y los dos anos siguientes, en concordancia con las previsiones del MORDAZA Macroeconomico Multianual vigente y segun los contenidos y formas de entrega dispuestos por el reglamento de la presente Ley. A partir del MORDAZA ano de implementada su elaboracion, debe contener adicionalmente una evaluacion de las metas proyectadas por la entidad, respecto a la ejecucion al cierre del ano fiscal anterior, de las principales cuentas que componen las reglas fiscales, asi como una explicacion de las diferencias, si las hubiera. Los Informes Multianuales de Gestion Fiscal son publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas en un MORDAZA de treinta dias calendario luego de finalizado el plazo de su remision por parte de los gobiernos regionales y gobiernos locales. El Ministerio de Economia y Finanzas, mediante resolucion ministerial, establece los criterios de seleccion gradual y la relacion de los gobiernos regionales y gobiernos locales que deben elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal. Para tales efectos, la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas brinda la asistencia tecnica correspondiente a los gobiernos regionales y gobiernos locales, considerando la implementacion gradual de la obligacion de presentar el Informe Multianual de Gestion Fiscal y los criterios que se establezcan en el reglamento de la presente Ley. Articulo 21. Declaracion sobre Cumplimiento de Responsabilidad Fiscal 21.1 El Ministerio de Economia y Finanzas, MORDAZA del 31 de MORDAZA de cada ano, remite al Congreso de la Republica y publica en su MORDAZA institucional una Declaracion sobre Cumplimiento de Responsabilidad Fiscal del ejercicio anterior, en la cual evalua el cumplimiento de las reglas fiscales establecidas en los articulos 6 y 7 de esta Ley. De verificarse desvios, debe incluir la sustentacion detallada de las causas y las medidas correctivas a ser adoptadas. 21.2 El Ministro de Economia y Finanzas sustenta la Declaracion sobre Cumplimiento de Responsabilidad Fiscal ante el Pleno del Congreso de la Republica, dentro de los quince dias habiles siguientes a su remision. Articulo 22. Prohibiciones Queda expresamente prohibida la creacion o existencia de fondos u otros que conlleven gastos que no se

16.3 El Consejo de Ministros puede, a solicitud del Ministerio de Economia y Finanzas y con la previa opinion tecnica del Banco Central de Reserva del Peru, modificar el MORDAZA Macroeconomico Multianual, en cuyo caso emite un documento complementario justificando las modificaciones que se efectuen. La modificacion del MORDAZA Macroeconomico Multianual es aprobada y publicada siguiendo el procedimiento establecido en los numerales precedentes, cumpliendo con las reglas fiscales previstas en el Subcapitulo I del Capitulo II de esta Ley. Articulo 17. Metodologia para el calculo de las cuentas estructurales El Ministerio de Economia y Finanzas, mediante resolucion ministerial, aprueba la metodologia para el calculo de las cuentas estructurales. Esta metodologia es publicada en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, y puede ser revisada cada tres anos. Articulo 18. Evaluacion del sistema tributario e informacion financiera del sector publico 18.1 El Poder Ejecutivo, conjuntamente con los proyectos de ley anual de presupuesto, de endeudamiento y de equilibrio financiero del sector publico, remite al Congreso de la Republica una evaluacion sobre el sistema tributario que debe contener, como minimo, un estudio sobre el rendimiento de cada tributo, la cuantificacion y significacion fiscal de los gastos tributarios, la evasion y la elusion tributaria y el contrabando, asi como las propuestas de ley que MORDAZA necesarias para su perfeccionamiento y un plan de trabajo de los entes encargados de recaudar impuestos orientados a mejorar la recaudacion. Esta evaluacion debe publicarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas dentro de los dos dias habiles siguientes a la remision de los proyectos de ley a que se refiere este numeral. 18.2 El Ministerio de Economia y Finanzas elabora y publica en su MORDAZA institucional los siguientes informes: a) Un informe anual con el detalle de los ingresos, egresos, saldos y principales caracteristicas de los depositos, valores y demas activos financieros del Tesoro Publico. Este informe se publica en el primer trimestre de cada ano fiscal. b) Un informe anual que presente y evalue las contingencias explicitas que ha asumido el Sector Publico No Financiero, asi como las garantias, avales y similares otorgadas. Este informe se publica en el MORDAZA trimestre de cada ano fiscal. Articulo 19. Medidas de seguimiento 19.1 El Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los treinta dias calendario siguientes a la finalizacion de cada trimestre del ano, publica en su MORDAZA institucional un informe sobre el grado de avance en relacion con el cumplimiento de los limites de gasto no financiero del Gobierno Nacional, incluyendo una evaluacion sobre el cumplimiento de dichos limites para el ano en su conjunto, y de proyectarse desviaciones debe incluir las propuestas y recomendaciones para asegurar su cumplimiento. 19.2 Para el seguimiento de las finanzas publicas y del cumplimiento de las reglas fiscales de los gobiernos regionales y gobiernos locales, el Ministerio de Economia y Finanzas debe publicar en su MORDAZA institucional: a) Un reporte fiscal trimestral sobre los ingresos y gastos de los gobiernos regionales y gobiernos locales y su avance respecto a la regla del gasto no financiero, que es publicado dentro de los treinta dias calendario de finalizado el trimestre, con la informacion disponible a la fecha.

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